Baremo de Accidentes Laborales

El cálculo de las indemnizaciones por accidente laboral, se basa en baremos que se actualizan anualmente y que establecen las cantidades a recibir por los afectados por incapacidad temporal o tiempo de curación y por incapacidad permanente o secuelas. Podrás verlo más adelante en la tabla de indemnizaciones por accidente laboral que te mostramos.

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Una de las batallas principales que tenemos los despachos de abogados especializados en accidentes laborales es precisamente el cálculo del tiempo de curación que precisa un lesionado hasta la completa curación de las lesiones o hasta que se produce la estabilización de las mismas con secuelas.

Las aseguradoras de responsabilidad civil de las empresas, las responsables de pagar las indemnizaciones, no pueden ser quienes decidan estos aspectos, puesto que se producen conflictos de intereses y el que sufre al final las repercusiones es el lesionado, que es precisamente el gran afectado y quién padece las dramáticas consecuencias de los accidentes laborales. Para contrarrestar esto, los abogados que nos dedicamos a la reclamación de indemnizaciones, contamos con la inestimable colaboración de peritos médicos independientes a las aseguradoras que valoran las lesiones de nuestros clientes, conforme a este baremo de accidentes laborales de una forma objetiva y no favorable a los intereses de los seguros.

Las cantidades de indemnización diarias, han ido variando con el paso de los años y se actualizan anualmente. El baremo que se debe usar, es el de la fecha de cobro aunque muchas veces nos sale más rentable en los casos que se demora mucho tanto la curación como el cobro, utilizar el baremo de accidentes laborales a fecha del accidente y reclamar los intereses durante los años hasta que se produzca el cobro de la indemnización. Normalmente, si las lesiones no son elevadas, las diferencias no son significativas pero en accidentes laborales graves si pueden suponer mucho dinero.

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Tabla baremo de indemnizaciones por accidentes en el trabajo

Realmente no existe un baremos específico para los accidentes laborales. Se utiliza la tabla de accidentes de tráfico como baremo de referencia para cualquier reclamación de daños ya sea por accidente laboral, negligencia médico, agresión etc.

Lo complicado a la hora de calcular una indemnización por accidente laboral es saber como identificar cada uno de estos perjuicios y como adaptarlo al baremo de accidentes laborales. Es decir, que si un lesionado en accidente laboral ha tardado un año en recuperarse de unas lesiones, no todos los días corresponden al mismo perjuicio, ya que las lesiones van evolucionando y el lesionado mejorando. En el equipo de Indemnización por Accidente, solemos explicar a nuestros clientes esto con la siguiente relación a título orientativo:

Día en la UCI Perjuicio particular muy grave
Día en el Hospital Perjuicio particular grave
Día de baja laboral Perjuicio moderado
Día de baja médica Perjuicio Básico

De esta forma un lesionado en accidente laboral que tarda un año en curar puede pasar 15 días en la UCI, 60 días en planta en un hospital, 200 días de baja laboral y el resto de días se incorpora a trabajar pero por las tardes sigue haciendo un tratamiento de fisioterapia hasta su recuperación completa. En este ejemplo el cálculo de la indemnización sería el siguiente:

        15*130,44 + 60*97,83 + 200*67,82 + 90*39,13 = 24.912,10 €

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Baremo actualizado de indemnización por accidente laboral

Baremo accidentes 2025

Como todos los años el Baremo que regula las indemnizaciones derivadas de los accidentes laborales se actualiza en función del índice de revalorización de las pensiones. Para este  año 2025 el incremento ha sido del 2,8% dejando las cuantías diarias por incapacidad temporal como sigue:

Día de perjuicio muy grave 130,44€
Día de perjuicio grave 97,83€
Día de perjuicio moderado 67,82€
Día de perjuicio básico 39,13€

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145 Comments

  • Hola .tuve un accidente de trafico a los 20años.
    Y cada vez tengo más secuelas.me duele la cabeza ,la nuca ,la espalda y la rodilla derecha.el medico forensee dio 5 puntos.tengo una incapacidad absoluta permanente.quiero información sobre qe puedo hacer.

    • Joana se puede “rebrir” un caso si se puede demostrar que las lesiones por las que fuiste indemnizado te han provocado por ejemplo una incapacidad laboral. Osea si esa incapacidad absoluta de la que hablas fuera derivada de esas lesiones del accidente se podría intentar, pero si no es así y simplemente se trata de un agaravamiento de las lesiones pero que no se traduce en una incapacidad o lesión de gravedad no se puede reclamar

      • Tuve un accidente laborar el 04/01/2020 y el trauma de la mutua me envía para hacerme una prueba biomecanica del brazo y hombro derecho me pueden dar una incapacidad permanente o no
        Gracias

        • Pedro, existen varios grados de incapacidad permanente (parcial,total, absoluta…) y en función del grado te corresponde una indemnización o una pensión mensual. Además de esto te puede corresponde la indemnización que establezca tu convenio colectivo e incluso podría haber otra indemnización si hubo alguna omisión de medidas de seguridad. Por eso nosotros siempre aconsejamos informarse bien de los derechos ante un accidente laboral ya que son muchas cosas las que hay que tener en cuenta… Considerando que nuestro asesoramiento es completamente gratuito te invitamos a que nos llames y te explicamos todos tus derechos…. Los teléfonos del despacho son 917371110 -934147320 y 955440400

    • Buenas tardes,
      El pasado 8 de marzo mientras estaba dando clases en la autoescuela un coche nos dio un golpe por detrás.
      Como me dolía mucho el cuello fui a un hospital , me reconocieron i me dieron cita para la unidad de accidentes de tráfico que gestiona el hospital.
      El médico que me atendió a los 3 días me dijo que tenía una contusión y que necesitaba 10 sesiones de rehabilitación.
      Me pusieron en contacto con una clínica y hasta la fecha solo me han dado 5 sesiones.
      Hoy he vuelto al medico y me manda otras 10 sesiones ya que dice que sigo teniendo el cuello algo rígido.
      Mi pregunta es la siguiente:
      Yo tengo derecho a indemnización por perjuicio personal básico desde el 8 de marzo hasta que el médico me de el alta.
      O solo tengo derecho a indemnización del número de sesiones que tenga de rehabilitación.
      Primer caso: 43 días x 31,61€
      Segundo caso: 20 sesiones x 31,61 €

      Muchas gracias
      José Alberto Martinez

      • Hola José Alberto

        Por supuesto que tienes derecho a exigir el perjuicio particular que te ha causado además de la rehabilitación, dependiendo de tu caso y evolución, es posible que incluso pudieras reclamar algún tipo de secuela o que no haya sido todo perjuicio considerable como particular básico, lo que incrementaría notablemente la indemnización, si quieres, llámanos y estudiamos tu caso sin compromiso para ver qué indemnización podríamos obtener para ti.

  • Hola, sufrí un accidente de coche en enero (yo no fui la responsable), me acompañaba mi pareja y la compañía contraria no quiere indemnizarme debido a que interpreta pocos daños materiales en mi vehículo (mi coche y el del culpable tienen distintas alturas simplemente) pero yo estuve 2 meses en rehabilitación por lesiones cervicales, latigazo y vértigos. Además también empecé con dolores de cabeza.
    Mi día a día se basa en estudiar una oposición y entrenar para ello y estuve bastante tiempo sin poder estar sentada en una mesa de escritorio estudiando como hacía con normalidad porque en poco tiempo me volvía el dolor cervical.
    ¿Qué soluciones habría?
    Muchas gracias.

    • Hola Lucía. Es habitual que las aseguradoras no quieran indemnizar a los lesionados si los daños materiales del vehículo no sobrepasa los 800 euros, alegando que la intensidad del accidente no se corresponde con la lesión sufrida. Pero eso no quiere decir que no se pueda reclamar la indemnización. Nosotros llevamos este tipo de casos y los estamos ganando, siempre y cuando las lesiones se encuentren objetivadas, es decir, que exista una contractura o una rectificación de la lordosis cervical. Si es este tu caso, no dudes en llamarnos por teléfono y estaremos encantado de llevar tu caso. Un saludo.

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