
El cálculo de las indemnizaciones por accidente laboral, se basa en baremos que se actualizan anualmente y que establecen las cantidades a recibir por los afectados por incapacidad temporal o tiempo de curación y por incapacidad permanente o secuelas. Podrás verlo más adelante en la tabla de indemnizaciones por accidente laboral que te mostramos.
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Una de las batallas principales que tenemos los despachos de abogados especializados en accidentes laborales es precisamente el cálculo del tiempo de curación que precisa un lesionado hasta la completa curación de las lesiones o hasta que se produce la estabilización de las mismas con secuelas.
Las aseguradoras de responsabilidad civil de las empresas, las responsables de pagar las indemnizaciones, no pueden ser quienes decidan estos aspectos, puesto que se producen conflictos de intereses y el que sufre al final las repercusiones es el lesionado, que es precisamente el gran afectado y quién padece las dramáticas consecuencias de los accidentes laborales. Para contrarrestar esto, los abogados que nos dedicamos a la reclamación de indemnizaciones, contamos con la inestimable colaboración de peritos médicos independientes a las aseguradoras que valoran las lesiones de nuestros clientes, conforme a este baremo de accidentes laborales de una forma objetiva y no favorable a los intereses de los seguros.
Las cantidades de indemnización diarias, han ido variando con el paso de los años y se actualizan anualmente. El baremo que se debe usar, es el de la fecha de cobro aunque muchas veces nos sale más rentable en los casos que se demora mucho tanto la curación como el cobro, utilizar el baremo de accidentes laborales a fecha del accidente y reclamar los intereses durante los años hasta que se produzca el cobro de la indemnización. Normalmente, si las lesiones no son elevadas, las diferencias no son significativas pero en accidentes laborales graves si pueden suponer mucho dinero.
Tabla baremo de indemnizaciones por accidentes en el trabajo
Realmente no existe un baremos específico para los accidentes laborales. Se utiliza la tabla de accidentes de tráfico como baremo de referencia para cualquier reclamación de daños ya sea por accidente laboral, negligencia médico, agresión etc.
Lo complicado a la hora de calcular una indemnización por accidente laboral es saber como identificar cada uno de estos perjuicios y como adaptarlo al baremo de accidentes laborales. Es decir, que si un lesionado en accidente laboral ha tardado un año en recuperarse de unas lesiones, no todos los días corresponden al mismo perjuicio, ya que las lesiones van evolucionando y el lesionado mejorando. En el equipo de Indemnización por Accidente, solemos explicar a nuestros clientes esto con la siguiente relación a título orientativo:
| Día en la UCI | Perjuicio particular muy grave |
| Día en el Hospital | Perjuicio particular grave |
| Día de baja laboral | Perjuicio moderado |
| Día de baja médica | Perjuicio Básico |
De esta forma un lesionado en accidente laboral que tarda un año en curar puede pasar 15 días en la UCI, 60 días en planta en un hospital, 200 días de baja laboral y el resto de días se incorpora a trabajar pero por las tardes sigue haciendo un tratamiento de fisioterapia hasta su recuperación completa. En este ejemplo el cálculo de la indemnización sería el siguiente:
| 15*130,44 + 60*97,83 + 200*67,82 + 90*39,13 = 24.912,10 € |
Baremo actualizado de indemnización por accidente laboral
Baremo accidentes 2025
Como todos los años el Baremo que regula las indemnizaciones derivadas de los accidentes laborales se actualiza en función del índice de revalorización de las pensiones. Para este año 2025 el incremento ha sido del 2,8% dejando las cuantías diarias por incapacidad temporal como sigue:
| Día de perjuicio muy grave | 130,44€ |
| Día de perjuicio grave | 97,83€ |
| Día de perjuicio moderado | 67,82€ |
| Día de perjuicio básico | 39,13€ |
145 Comments
Tve un accidente in itinere en moto fractura de meseta tibial conminuta pierna izqda de la cual me operaron 4veces el accidente fue el 9 de enero 2015.
Adia de hoy he pasado el evi reconociendo una secuela fractura conminuta desplazada de meseta tibial izqda, con limitaciones funcionales organicas siguentes; rodilla sometida a 4 cirujias,actualmente presenta crepitacion a la flexoextension sin signos deinflamacion aguda,balance conservado en mas de un 50%, con balance muscular aceptable.No tengo derecho a indemnizacio por baremo? Espero contestacion gracias!
Joan, por tu pregunta damos por hecho que la culpa del accidente fue tuya… sino tendrías derecho a una indemnización como accidente de tráfico…. Pero como accidente laboral efectivamente tienes derecho a una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes en función de un baremo, pero el siguiente estadio sería una incapacidad parcial y tendrías derecho a una indemnización de 24 mensualidades. Necesitaríamos saber cual es tu profesión para valorar si te correspondería esta indemnización….
Mi profesion es repartidor autoventa de producctos de cafe.gracias, espero que te sirva.
Por otra parte la empresa me ha dado vacaciones, pero tambien que pase un reconocimiento medico para ver supongo,ver si soy apto o no.Lo he pasado y el medico me dijo que era en principio era apto,pero tenia que pasar otro a los 6 meses.Que puedo hacer? Gracias
Hola,
El dia 12 de Mayo de este año sali a entrenar con mi bici por Ejea de lo Caballeros. Llevaba aprox. 10 minutos montado sobre la bici y un coche me atropello por la espalda. Afortunadamente la persona que me atropello paro y me auxilio. Fui llevado en ambulancia a Zaragoza donde me diagnosticaron fractura del Trocanter, de la Vertebra L2 y un corte que requirio sutura de 3 puntos en el codo. Estuve con retencion urinaria durante 4 dias.
Ya que soy de Valencia, pedi traslado al Hospital 9 de Octubre donde mi hicieron una serie de pruebas mas ya que tenia muchos dolores en el torax. El diagnostico fue que tenia 5 costillas fracturadas y la vertebra C7 fracturada por la apofisis. Estuve 14 dias hospitalizado y la baja laboral se supone que sera de al menos 98 dias.
Afortunadamente poco a poco me siento mejor sin embargo a veces siento unos pinchazos fuertisimos en mi espalda. Continuo de baja.
Me gustaria saber cual seria mi indemnizacion por lesiones.
Un cordial saludo.
Santiago
Buenos días, Santiago.
La cuantía de tu indemnización vendrá determinada por los días de hospitalización, el tiempo que tarden en curar tus lesiones y si te queda alguna secuela. En nuestro despacho, disponemos de los servicios de un médico forense especializado en la valoración del daño corporal que es quien cuantifica las lesiones (sin coste adicional para el cliente).
Te invito a que te pongas en contacto con nosotros en el 917371110 para poder analizar tu caso en profundidad y darte un servicio personalizado.
Un saludo.
Alberto Rodríguez
Abogado