Cómo reclamar una indemnización laboral

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Para reclamar una indemnización por un accidente laboral se necesita contar no sólo con abogados laboralistas especializados en reclamación de indemnizaciones sino también con peritos médicos especialistas en la valoración del daño corporal.

En nuestro despacho de abogados ponemos a disposición de nuestros clientes un equipo de abogados y de peritos médicos sin anticipo ninguno. Nosotros pagamos el perito médico y sólo cobraremos en caso de conseguir una indemnización un porcentaje pactado.

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¿Laboral o penal?

Dependiendo del tipo de accidente y, sobre todo, de su gravedad, encontraremos dos vías para reclamar judicialmente una indemnización por accidente de trabajo. Son las siguientes:

[quote_right]La decisión de este despacho de abogado de decantarse por la vía social en detrimento de la vía penal está principalmente motivada por el plazo de cobro. [/quote_right]

Reclamación de indemnización por vía penal

En la actualidad, las indemnizaciones por accidentes laborales sólo se reclaman por esta vía cuando se trata de accidentes de extrema gravedad o fallecimientos en los que la policía actúa de oficio e inicia unas diligencias preliminares en el juzgado de instrucción para dilucidar si hubo algún tipo de delito contra la salud de los trabajadores.

En estos casos siempre recomendamos dejar al juzgado que instruya las pruebas que considere pertinentes y haga las pesquisas oportunas. Una vez se ha procedido a la fase de instrucción es cuando el abogado debe decidir si se sigue por esta vía o no.

[quote_right]En accidentes de extrema gravedad, la recomendación habitual suele ser mantener abierta la vía penal tras la instrucción de oficio. [/quote_right]

Normalmente lo aconsejable siempre es mantener esta vía de reclamación abierta una vez que se ha iniciado de oficio. Cuando el empresario responsable de un accidente en el que ha podido haber una omisión de medidas de seguridad, que pueden ser constitutivas de un delito contra la salud de los trabajadores, se encuentra normalmente en una situación más complicada es más fácil que fuerce a su seguro a pagar la cantidad que reclamamos. Esta circunstancia se hace muy visible cuando se trata de empresas importantes como grandes constructoras que claramente presionan a sus aseguradoras a “acabar” con dichos procedimientos y eso facilita nuestra labor de conseguir la mejor indemnización posible para nuestros clientes.

[quote_right] Pocas empresas cumplen totalmente las normas de prevención de riesgos, por lo que conviene consultarlo siempre en caso de accidente. [/quote_right]

No obstante, no todos los accidentes laborales pueden reclamarse por la vía penal, en principio debe haber algún tipo de omisión de medida de seguridad que sea punible desde el punto de vista penal como un juicio de falta o como un delito contra la salud de los trabajadores. Un ejemplo de indemnización por accidente laboral que podría reclamarse únicamente por la vía social es la de un trabajador al que se le desploma el techo encima. En ese caso, es el seguro de responsabilidad civil de la empresa quien debería pagar una indemnización al trabajador, pero si la empresa no ha cometido ninguna omisión de medida de seguridad no es un caso reclamable por la vía penal.

[quote_right] Muchos despachos de abogados descartan esta vía por el coste que les supone realizar una valoración del daño corporal y pagar al perito médico para que lo ratifique en juicio. Nosotros corremos con este gasto y así agilizamos los plazos de cobro de nuestros clientes [/quote_right]

Reclamación de indemnización por vía social

En el resto de accidentes de trabajo en los que no ha sido necesaria la intervención de la policía o guardia civil, lo habitual para los despachos de abogados especializados en accidentes de trabajo es iniciar un procedimiento de reclamación de la indemnización en los juzgados de lo social. El procedimiento se convierte así en una reclamación relativamente rápida cuyo plazo lo determina fundamentalmente el tiempo de curación del accidentado, ya que la demanda no se puede presentar hasta que las lesiones se han estabilizado y contamos con un informe pericial realizado por uno de nuestros médicos especialistas en la valoración del daño corporal.

Aunque no se pueda presentar la demanda hasta que las lesiones no estén estabilizadas, el procedimiento puede ir agilizándose mediante la solicitud de diligencias preliminares. Consisten en solicitar al juzgado que vaya “adelantando trabajo” recabando la información que más adelante vamos a necesitar, como por ejemplo:testimonio accidente real

  • Informe de Inspección
  • Actas de infracción
  • Informes de prevención de riesgos laborales de la empresa
  • Pólizas de seguro de la o las empresas implicadas
  • Testificales
  • Etc.

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Pasos para reclamar una indemnización por accidente laboral

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral debe saber que posiblemente tenga derecho a hacer una reclamación por dicho accidente. Si el accidente laboral ha sido derivado de una omisión de medidas de seguridad puede reclamar a su empresa una indemnización por daños y perjuicios, ya que si se hubiesen tomado todas las medidas de seguridad adecuada dicho accidente no se hubiera producido.

Cómo empezar una reclamación por accidente laboral

Si has sufrido un accidente laboral pueden haber ocurrido dos supuestos:

  1. Que el accidente haya sido reconocido como grave por la mutua laboral.
  2. Que el accidente no haya sido reconocido como grave.

En los casos en los que la mutua considera que las lesiones son de gravedad están obligados a comunicárselo a Inspección de Trabajo. En estos casos, un inspector de trabajo actúa de oficio y visita el lugar del accidente en las siguientes 24 horas. Si no es considerado grave no se produce dicha inspección, a no ser que el trabajador presente por su cuenta una denuncia en una Delegación provincial de Inspección de trabajo y seguridad social.

[quote_right]Es importante y conveniente que se produzca una inspección de trabajo tras el accidente[/quote_right]

Obviamente cuando actúa inspección de oficio, se garantizan mejor los derechos de los trabajadores y facilita enormemente la labor de los abogados especialistas en reclamación de indemnizaciones por accidentes de trabajo. Por usar un símil, se podría decir que el informe de inspección es tan importante como el atestado en un accidente de tráfico. Si el inspector considera que la empresa no tomó todas las medidas de seguridad exigible levantará un acta de infracción e incluso, si lo considera oportuno, condenará a la empresa a pagar un 30-50% de recargo de prestaciones al trabajador lesionado (aparte de la indemnización por daños y perjuicios).

En los casos en los que no existe un informe de inspección, nosotros siempre aconsejamos a nuestros clientes que presenten denuncia en Inspección de trabajo, independientemente de que nosotros presentemos también una denuncia en los juzgados. El problema es que en muchas ocasiones el lesionado la presenta demasiado tarde y el inspector no puede determinar si hubo algún tipo de negligencia. Ello no quiere decir que la reclamación ya no se pueda llevar a cabo pero obviamente nos obliga a recurrir a otros medios de prueba como testigos, periciales o la propia pericia del abogado haciendo las preguntas adecuadas cuando se manda declarar a los imputados.

Si en los accidentes de tráfico siempre se dice que la especialización es importante en los accidentes laborales es imprescindible para defender correctamente los intereses de los lesionados.

Cómo interponer una demanda por accidente laboral

Reclamación de indemnización por vía penalCuando un trabajador sufre un accidente laboral tiene derecho a una indemnización. Para ello, dispone de dos opciones diferenciadas: demandar el accidente laboral o denunciarlo. Lo más habitual es que el empleado denuncie lo ocurrido, pero existe cierto desconocimiento sobre cómo es el procedimiento. Se trata, simplemente, de poner los hechos en conocimiento de la Inspección de Trabajo. El problema surge cuando los trabajadores dudan en denunciar a la empresa por miedo a perder su trabajo. Normalmente, cualquier abogado especializado en accidentes laborales recomienda interponer la denuncia, sobre todo si se trata de un siniestro de cierta gravedad.

Antes de iniciar cualquier procedimiento, es importante asegurar que realmente se trata de un accidente de tipo laboral. El sistema de Seguridad Social en España lo regula en el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social. Como norma general, se establece que el accidente laboral es aquel en el que la culpa de el mismo no se pueda imputar al 100% al propio empleado. Por ejemplo, el accidente debe producirse a causa de una negligencia por parte de la empresa o el empresario, por la falta de formación adecuada, falta de equipos de protección adecuados o cualquier otra circunstancia que acredite el accidente laboral.

Cuando la solicitud presentada en la Inspección Laboral es admitida a trámite, si quisiéramos optar por la vía penal, seria el momento de interponer una denuncia ante el Juzgado de Instrucción. En este caso, el trabajador será examinado por un médico forense que determinará cuál es el alcance de las lesiones y, por tanto, qué indemnización merece.

[quote_right] La pericia del abogado es clave para ganar un caso de accidente laboral.[/quote_right]

En el otro supuesto, antes de interponer una demanda por accidente laboral habrá que presentar un documento de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Este organismo se encargará de organizar un encuentro entre todas las partes implicadas en el proceso, en un plazo máximo de 15 días, con el objetivo de llegar a un acuerdo. En caso de que éste no se consiga, habrá que presentar el modelo de demanda ante el Juzgado de lo Social. Llegados a este punto, será necesario que un perito especializado realice un diagnóstico sobre las lesiones, ya que en la demanda que se presentará en el juzgado deberá contemplarse la indemnización reclamada por la víctima del accidente. En estos casos la pericia del abogado especializado en accidentes será fundamental para ganar el caso.

Este tipo de procedimientos suele demorarse menos que un proceso penal al uso. Sin embargo, cuando el accidente o las lesiones sufridas son de gravedad también se abrirá un proceso penal. El proceso puede demorarse, siendo necesario demostrar que la empresa tiene una responsabilidad civil en el accidente para que el trabajador pueda cobrar aquello que le corresponde.

[quote_right] Todo empleado debe conocer sus derechos y saber que en caso de accidente puede recibir una indemnización.[/quote_right]

En cualquier caso, aunque comprensible, el miedo al despido no debería ser nunca un obstáculo para reclamar una indemnización por parte de la víctima de un accidente laboral. Esto es especialmente necesario si el accidente se ha producido como consecuencia de una falta o relajación por parte de la empresa en el cumplimiento de la legislación sobre prevención de riesgos laborales. Muchas empresas incumplen sus obligaciones de prevención, y no reclamar un accidente puede implicar que se mantengan riesgos que permitan accidentes futuros, incluso de mayor gravedad.

Tras interponer la demanda el trabajador puede tener derecho a percibir varias indemnizaciones compatibles entre sí. Por un lado, la del seguro por Responsabilidad Civil en el accidente y, por el otro, por el seguro de convenio, obligatorio en muchos casos.

Plazo para reclamar daños y perjuicios por accidente laboral

El trabajador dispone de un plazo de prescripción de un año para reclamar a la empresa la indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo. El cómputo de este plazo se inicia con la estabilización de las secuelas y, en el caso de Incapacidad Permanente, cuando adquiere firmeza la resolución del INSS que definitivamente resuelve sobre las prestaciones de esta.

Si esta resolución no es impugnada, el cómputo se inicia una vez transcurrido el plazo de 30 días establecido para formular la reclamación previa frente a dicha resolución. Anteriormente se venía entendiendo que el cómputo se iniciaba en la fecha de la notificación de la resolución del INSS, hasta que el Tribunal Supremo estimó el recurso de casación para la unificación de doctrina:

Unificación de doctrina del Tribunal Supremo sobre la reclamación de daños y perjuicios (doctrina 5-7-17, EDJ 151663)

Un trabajador sufrió un accidente de trabajo por el que se le reconoció, mediante resolución del INSS de 3-2-12, la prestación de incapacidad permanente parcial. Ni la empresa ni el trabajador presentaron reclamación previa frente a la resolución ni esta fue impugnada judicialmente. El 11-2-2013, el trabajador presenta demanda en reclamación de los daños y perjuicios derivados del accidente de trabajo. El Juzgado de lo Social desestima la demanda acogiendo la excepción de prescripción alegada por laempresa. Frente a la sentencia confirmatoria del TSJ Asturias, el trabajador interpone recurso de casación para la unificación de doctrina sosteniendo que el día inicial del cómputo del plazo de prescripción no es el de la fecha de resolución del INSS que reconoció la prestación de IPP, como entiende la sentencia recurrida, sino el momento en que dicha resolución ganó firmeza una vez transcurrido el plazo de 30 días de que disponían las partes para formular reclamación previa contra la misma.

[quote_right]¿Cuándo comienza el cómputo para el plazo de prescripción de una año?[/quote_right]

La cuestión que se plantea es determinar cuál ha de ser el día inicial para el cómputo del plazo de prescripción de un año, del que dispone el trabajador para ejercitar contra la empresa la acción de reclamación de los daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo, cuando las partes se adhieran a la resolución administrativa que declara la incapacidad permanente del trabajador.

Es doctrina del TS que el plazo de prescripción para reclamar a la empresa daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo no puede empezar a correr hasta que no adquiera firmeza la resolución que definitivamente resuelva sobre las prestaciones de seguridad social a las que tenga derecho el beneficiario y, en su caso la contingencia de la que deriven, y queden de esta forma establecidas las cantidades que hayan de deducirse del total indemnizatorio a reclamar a la empresa.

[quote_right]El plazo no puede empezar a correr hasta que la resolución sea firme. [/quote_right]

Conforme a estos supuestos, no cabe ninguna duda de que cuando la resolución del INSS es impugnada en vía judicial, el dies a quo es el momento en que se agota el proceso con la notificación de la sentencia que ponga fin al mismo. El problema surge cuando las partes se adhieren a la resolución del INSS. En este caso, debe esperarse también a la firmeza de la resolución administrativa. El momento inicial para el cómputo de la prescripción no puede ser otro que el de la preclusión del plazo de 30 días de que disponen las partes para formular la reclamación previa porque hasta su agotamiento no deviene firme lo resuelto en la misma. Sólo cuando ha transcurrido el plazo para formular la reclamación previa, puede realmente entenderse que la parte se aquieta a su contenido, pues si el plazo no ha transcurrido, aún dispone de la posibilidad de impugnar la resolución.

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Abogados especializados en accidentes laborales

En Indemnización por Accidente ponemos a su disposición los mejores abogados laborales y especialistas en reclamación de incapacidades derivadas de accidentes laborales. En un accidente de trabajo son muchos los factores y elementos a considerar, por lo que todo aquel que sufra una lesión en un accidente laboral debería asesorarse con abogados especializados en accidentes laborales.

[quote_right] La reclamaciones por accidentes laborales son largas y complejas, por lo que requieren abogados especializados. [/quote_right]

La reclamación de indemnizaciones en caso de accidente laboral es larga y compleja. El tiempo medio de cobro de una indemnización ronda los dos años, y varía en función de los métodos de prueba (testigos, informes de inspección, etc.) y la dinámica del accidente se puede reclamar a través de la jurisdicción penal o de la laboral. El plazo para iniciar dicha reclamación también varía, porque se podría considerar un año desde la estabilización de las lesiones o 3 años en caso de que fuera considerado un delito contra la salud de los trabajadores.

Si un trabajador ha sufrido un accidente laboral, debe asesorarse con especialistas tanto en lo referente a la indemnización por omisión de medidas de seguridad como a las posibles indemnizaciones por incapacidad o por seguro de convenio. En demasiadas ocasiones la reclamación de indemnización por accidente laboral no se realiza de la forma que mejor conviene a los intereses del trabajador debido al desconocimiento sobre cuáles son los derechos que le asisten ante un accidente laboral. La dificultad y especificidad de estos casos requieren de la intervención de abogados especialistas en derecho penal y abogados especialistas en derecho laboral, dependiendo de las circunstancias en las que se produjo dicho accidente.

En Indemnización por Accidente ofrecemos asesoramiento gratuito a través de nuestros abogados laboralistas en todos los temas relacionados con los accidentes de trabajo:




Jesús Enrique Pascual

Abogado colegiado del ICAM nº 75730

Abogado especialista en accidentes laborales con más de 20 años de experiencia. Responsable del Departamento Laboral y Departamento de Incapacidades de Indemnización por Accidente S.L. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Doctor en Derecho por la Universidad Camilo José Cela. Profesor en el Máster de Acceso a la Abogacía de la Universidad Cardenal Cisneros.

Luis Herrero abogado especialista en accidentes laborales


Luis Herrero Pérez

Abogado colegiado del ICAM nº 130.290 

Graduado en Derecho y en Ciencias Políticas y Administraciones Públicas por ICADE (2009-2014). Máster Executive en Práctica Jurídica Empresarial. Abogado especializado en Derecho Procesar y en Responsabilidad Civil. Ha trabajado en distintos Despachos de Abogados y en la actualidad se encuentra especializado en reclamaciones de indemnización de daños y perjuicios derivados de accidentes laborales en la sede de Madrid de Indemnización por Accidente, S.L.P.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reclama una indemnización por accidente laboral?Para que un trabajador pueda reclamar una indemnización derivada de un accidente laboral tiene que demostrar que la empresa cometió algún tipo de omisión de medidas de seguridad. Por ello generalmente la reclamación comienza casi siempre con una denuncia a Inspección de Trabajo y después se continua a través de una demanda por el juzgado de lo social. En otras ocasiones en el que la responsabilidad de la empresa es clara o se está reclamando la indemnización derivada del convenio la reclamación se inicia a través de una reclamación al Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC). Si quieres saber como denunciar a Inspección de Trabajo lee este artículo¿Cómo se calcula la indemnización por accidente laboral?El calculo de una indemnización por accidente laboral se basa en el baremo de accidentes de tráfico que se usa por analogía para los accidentes laborales, las caídas en la vía, agresiones, mordeduras de perro etc. Se precisa la intervención de un perito médico para determinar el tiempo de curación que se precisó, así como una valoración de las secuelas físicas, psíquicas y estéticas. Si quieres saber más sobre cómo se valoran las indemnizaciones visita nuestra calculadora online¿Te pueden condenar a pagar costas si no se gana?El plazo para reclamar una indemnización por accidente laboral es a priori de un año desde que se estabilizan las lesiones. Para entenderlo mejor un año desde que se obtiene el alta laboral o desde que un tribunal médico reconoce una incapacidad laboral. En definitiva, es un año desde que se puede ejercitar la acción. Sin embargo, en los casos en los que el accidente laboral haya sido debido a una omisión de medidas tan grave que pueda constituir un delito contra la salud de los trabajadores, se podría reclamar por vía penal y el plazo no prescribiría hasta los 5 años. Sigue leyendo más sobre los accidentes laborales¿Cuál es el plazo para reclamar una indemnización por accidente laboral?El plazo para reclamar una indemnización por accidente laboral es a priori de un año desde que se estabilizan las lesiones. Para entenderlo mejor un año desde que se obtiene el alta laboral o desde que un tribunal médico reconoce una incapacidad laboral. En definitiva, es un año desde que se puede ejercitar la acción. Sin embargo, en los casos en los que el accidente laboral haya sido debido a una omisión de medidas tan grave que pueda constituir un delito contra la salud de los trabajadores, se podría reclamar por vía penal y el plazo no prescribiría hasta los 5 años. Sigue leyendo más sobre los accidentes laborales

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391 Comments

  • Hola, el pasado dia 3 de Noviembre sufrí un accidente de trabajo que despúes de 3 meses de baja por mutua me diagnosticaron fisura en 1 costilla, durante este tiempo la mutua me aconsejó guardar reposo porque según ellos es lo unico que se puede hacer en estos casos.
    El pasado 7 de Enero la mutua en vista de que todavia tenia dolor me hizo una prueba osea, el resultado fué para mi un poco sorprendente, decia que tenia multiples fracturas en 4 costillas, apesar de este diagnostico la mutua me da el alta al mes siguiente porque para ellos el proceso habia terminado, me reincorporé al trabajo pero cada dia que pasaba el dolor era insoportable y empezé a tomar calmantes de manera descontrolada. A la semana ya no podia aguantar más y volví a la mutua, cual fué mi sorpresa cuando despúes de la visita me redactarón un informe para la empresa que decia que me tenia que incorporar ese mismo dia al trabajo, en resumen, que tenia que seguir trabajando aunque tuviera dolor.
    En la actualidad me encuentro de baja por Seguridad Social como enfermedad común y me están realizando pruebas en cirugia toracica, que puedo hacer?, No creis vosotros que es inaudito que habiendo sido accidente laboral me encuentre de baja por enfermedad común?.

    • Salvador, efectivamente parece obvio que tus lesiones son fruto de un accidente laboral, por lo que lo primero que habría que hacer en una reclamación de cambio de contingencias para que se considere como accidente laboral y no una enfermedad común. Las implicaciones de esto último no son sólo cobrar el 100% durante la baja sino, que, si la cosa, se complica y deriva por ejemplo en una incapacidad permanente, sería muy importante que fuera considerado accidente de trabajo ya que sino sería necesario haber cotizado ál menos 8 años para poder optar a una pensión. No creo que tus lesiones puedan derivar en una incapacidad permanente para tu profesión habitual, ya que , nosotros también tenemos entendidos que a priori las fracturas de costillas consolidadn solas con simple reposo y suelen dejar secuelas leves, aunque si estamos hablando de múltiples fracturas deberías ser evaluado por un perito médico para anticiparnos a los acontecimientos.
      Tampoco nos mencionas como ha sido tu accidente laboral, pero recuerda que si dicho accidente no ha sido culpa exclusiva tuya, podríamos reclamarte también una indemnización por accidente laboral.

      Como ya habrás leido en nuestra web, nuestro asesoramiento es totalmente gratuitio y tenemos médicos especialistas en la valoración del daño corporal, por lo que si nos mandas la documentación médica a clientes@indemnizacionporaccidente.com con mucho gusto haremos una valoración de la misma y te asesoraremos de cuales serían los siguientes pasos a seguir…

  • Hola, he tenido un accidente laboral pero mi patrón no me había dado de alta en seguridad social. Mi pregunta es si tengo derecho a indemnizacion por accidente laboral aunque estuviera trabajando en negro. Y si es así que me costaria que vosotros seais mis abogados para reclamar la indemnizacion por el accidente.
    gracias

    • Germán, hemos llevado bastantes reclamaciones de indemnización como la que nos planteas y si que es posible reclamar y conseguir una indemnización por ese accidente laboral, pero precisamente la dificultad radica precisamente en eso, en poder demostrar que es un accidente laboral. Si podemos demostrar que estabas trabajando sin contrato la empresa tendrá que pagarte no sólo la indemnización por las lesiones sino también tu salario (generalmente en función de los mínimos que establece el convenio) durante todo el tiempo que dure la baja. Incluso en algunas ocasiones denunciando el accidente en Inspección de trabajo, le imponen un recargo de prstaciones de entre un 30-50%, por lo que el cálculo de tu salario se vería aumentado en ese porcentaje.

      En cuanto a nuestros honorarios, como ya comentamos en la web, no cobramos nada por anticipado. Cobramos un procentaje en función de la gravedad de tus lesiones que no comentas en tu mensaje pero te puedo adelantar que este porcentaje va desde el 10% para lesiones graves con hospitalización o incapacidad permanente etc, hasta el 19% para lesiones leves. Te mandamos más información por email acerca de nuestros servicios. Te recuerdo que ese porcentaje inlcuye todos los gastos del procedimiento tanto de abogados como de peritos médico

      • Buenos días. Quisiera hacer una consulta relacionada con un accidente laboral que sufrí hace 5 meses. Soy de Guatemala. Sufrí una herida de bala a consecuencia de un asalto a un banco y perdí un riñón. Cuanto podría pedir de indemnización. He estado buscando leyes o algo similar, pero no he encontrado nada en Internet. Gracias por su ayuda

      • Hola, mi compañero tuvo un accidente de trabajo el 25 de enero de este año, un accidente grave, con denuncia de policia, inspección de trabajo, etc. la inspectora pidió un recargo de prestaciones del 30 al 50%. Una vez conseguido ¿cuando empezaría a cobrarlo y sería con caracter retroactivo?. Muchas gracias por responder.

        • Susana, el recargo de prestaciones es retroactivo, es decir le pagarán desde el día del accidente hasta que acabe la prestación por incapacidad temporal (alta laboral). Y no sólo le corresponde por la baja laboral sino por todas las prestaciones, es decir que si por ejemplo, le queda una incapacidad parcial que le correspondería una indemnización de 24 mensulidades, a esa cantidad también habría que aplicarle el recargo de prestaciones…. las malas noticias es que tarda muchísimo (más de un año incluso) en cobrarse y no se puede hacer nada al respecto…

          Aunque no me preguntas sobre ello te comento también que habría que presentar una denuncia contra la empresa y reclamar una indmenización por las lesiones sufridas. No se si ya tendréis un abogado para reclamar la indemnización por accidente laboral, pero nosotros estamos a vuestra disposición, somos especialistas en reclamaciones por accidentes laborales tanto pòr vía penal como en social, aunque obviamente en un caso como el de tu compañero en el que ha habido informe de inspección y recargo de prestaciones, siempre será mejor llevarlo por vía penal. También disponemos de servicio médico propio para maximizar las indemnizaciones.
          Consulta gratuitamente con nosotros en el 914351078 y te asesoraremos sin compromiso…

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