Días impeditivos y días no Impeditivos

Días impeditivos vs Días no impeditivos. La Incapacidad Temporal

Como ya hemos explicado en varias ocasiones, la indemnización se compone de dos partes principales, la incapacidad temporal y la incapacidad permanente o secuela.

La incapacidad temporal viene marcada por el tiempo de curación, es decir por el tiempo que transcurre desde el accidente hasta que la lesión se cura completamente o bien se produce la estabilización lesional con secuelas.

Pues bien, esta incapacidad temporal se divide en días de hospitalizacióndías impeditivos y días no impeditivos.

Ejemplo de composición de una incapacidad temporalDias de hospitalizacionDias impeditivosDias no impeditivos113042

Estos dos últimos son los que generan más discrepancia y los que suelen usar las aseguradoras para pagar indemnizaciones inferiores a las que realmente se merecen los lesionados en accidentes de tráfico.

Diferencia entre días impeditivos y días no impeditivos

Para diferenciar una consecuencia lesiva temporal como días impeditivos o como días no impeditivos deberá definirse la provocación o no, de un nivel objetivable y suficiente de incapacidad para desarrollar la actividad habitual. Es decir, definiremos domo “días impeditivos” aquel en que a los efectos de la lesión o su tratamiento impidan o contraindiquen la realización de las tareas principales de esa actividad u ocupación habitual.

Es importante no confundir día impeditivo con día de baja laboral. Las aseguradoras tienden a considerar sólo como días impeditivos los días de baja laboral, sin tener en cuenta que tanto los jubilados, parados, estudiantes o amas de casa también tienen derecho a que s les consideren como días impeditivos aquellos en los que están impedidos para sus actividades habituales aunque estas sean ir a la compra por ejemplo. Es muy frecuente que padezcamos una cervicalgia postraumática y que, por motivos laborales, sigamos trabajando.

Una indicación médica de “reposo” siempre debe valorarse como impeditivo.

Definiremos como “días no impeditivos” aquel en que los efectos de la lesión o su tratamiento impidan o contraindiquen sólo los aspectos marginales de la actividad habitual, es decir que las lesiones limiten pero no imposibiliten la realización de las tareas principales de esa actividad u ocupación habitual.

Posiblemente entender la teoría no es del todo difícil, pero entender la aplicación practica y saber concretar cuando se produce la estabilización lesional…. se lo dejamos a nuestros médicos 🙂

Si te has quedado con dudas, puedes dejarnos tu comentario en esta sección o revisar los comentarios que sobre este tema han hecho muchos otros visitantes de nuestra web. Si necesitas asesoramiento, no dudes en llamarnos, recuerda que ofrecemos una consulta gratuita donde podrás contarnos tu caso y resolver todas las dudas.

Consideraciones a tener en cuenta con el nuevo Baremo 2016, eliminación del concepto de Días Impeditivos y No Impeditivos

Con la entrada en vigor del Nuevo Baremo correspondiente al año 2016 dejan de tener vigencia los llamados Días impeditivos y No impeditivos, utilizados para el cálculo de las indemnizaciones por accidentes de tráfico desde el año 1995.

En este nuevo Baremo, que explicaremos más ampliamente en otro artículo, las reglas de valoración tienen en cuenta únicamente las secuelas y las lesiones temporales sufridas; en el caso de las secuelas sin tomar en consideración la edad o el sexo del lesionado, ni la repercusión de la secuela en sus diversas actividades. Sí tendrán en cuenta en cambio el perjuicio por pérdida de calidad de vida o gastos de asistencia sanitaria futura, adecuación de vivienda, la ayuda de terceras personas, lucro cesante, etc

Respecto a las lesiones temporales sufridas, son todas las que sufre el accidentado hasta su total curación (o paso a secuela), se establece un perjuicio personal básico de 30 € por día, pero se establecen otras cantidades muy superiores en caso de perjuicio particular (de hasta 100 € diarios en los casos más graves), así como el perjuicio personal particular por cada intervención quirúrgica (de 400 € a 1600 € por intervención)

Euros pordiaPerjuicio muy gravePerjuicio gravePerjuicio moderadoPerjucio PersonalBasico020406080100

Puede ver algunos ejemplos en nuestra calculadora de indemnizaciones.

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341 Comments

  • El 16 de noviembre fuimos atropechados en un paso de peatones, sólo mi hijo de 2 años tuvo lesiones, le rompieron la tibia y el peroné con rotura abierta, estuvo 11 días de hospitalización y hasta el 25 de marzo no le han dado el alta, el niño gracias a dios está bien y puede anda, ha tenido 4 operaciones y tiene 5 cicatrizes en la pierna de herias de las operaciones pues al principio tuvo un fijador externo, y despues le quitaron eso y le pusieron una aguja desde debajo de la rodilla hasta casi el tobillo, después de todo esto lo ha visitado el médico forense y me han dicho que la indemnización será de unos 11.000 €, y la verdad es que me parece muy poco para todo lo que hemos pasado con mi hijo, después de tener 4 veces anestenia general y todo lo demás. Muchas gracias por la respuesta.

    • Juani, efectivamente a ojo parece muy poca indemnización…. pero claro piensa que el que te ha dicho eso no es el forense del juzgado sino el perito médico de la aseguradora y ya podrás imaginar que el negocio de la aseguradora consiste en pagar lo menos posible en concepto de indemnizaciones . No aceptes la indemnización, no s´´olo porque sea baja sino porque si aceptas la indemnización te van a hacer firmar que renuncias a cualquier tipo de indemnización futura y eso es muy peligroso hacerlo sin estar seguro de si el niño pueda tener más complicaciones en el futuro por lo que te recomendamos que , como todavía estaríamos en plazo de denunciar (seis meses desde el accidente) lo hicieramos y consigamos que a tu hijo le valore el médico forense del juzgado y que quede por escrito en el juzgado los conceptos por los que se indemnizan a tu hijo ya que si en el futuro la cosa empeora se podría volver a reclamar y sin embargo si aceptas una indemnización a la ligera no lo podrás hacer…..

      Nosotros te podemos ayudar sin pagar nada por anticipado. LLámanos al 914351078 o 934147320

  • muchas gracias por contestar a mis dudas y vuestra dedicacion en esta pagina, lo unico que no tengo muy claro es los dias impeditivos, ¿ cuentan de los 45 dias que estuve de baja o el forense dictaminara más dias de curacion aunque ya este trabajando?, la misma rehabilitacion me la dieron estando aún de baja y mejore bastante. he vuelto a trabajar y los dolores tambien han vuelto (trabajo de mozo de almacen y los esfuerzos fisicos son continuos en este trabajo), y visto la que esta cayendo volver a darme de baja puede acabar con mi trabajo.
    deciros que ya fuy visitado por el forense, quede muy descontento, la verdad, pues solo se limito a preguntarme donde trabajo y fotocopiar mis documentos del accidente. he de reconocer que mis informes medicos son excelentes y describen muy bien todas mis lesiones y eso me tranquiliza, fuí atendido en la unidad de accidentes de trafico de mi localidad y es al mejor sitio donde se puede acudir en esta zona ya que forman parte del propio sistema sanitario, no es mutua.
    tambien deciros que he reclamado daños y perjuicios de los cuales tambien he aportado mi justificante legal emitido por mi empresa que me esta apoyando en todo momento y eso es de agradecer.
    la verdad es que mi abogado me esta asesorando muy bien.
    pordonad por lo extendido del texto y volver a daros las gracias, desde aqui tambien yo animo a todos a que no dudeis en poneros en contacto con los responsables de esta pagina, seguro que ellos os ayudaran y asesoraran tan bien como mi abogado lo ha hecho conmigo.
    ¡ GRACIAS!.

    • Adolfo, mil gracias por tus palabras… te deseamos mucha suerte… Por el comportamiento del forense no debes preocuparte a priori… no te puedes imaginar cuantaas veces percepciones como la tuya acaban con un informe forense muy favorable para el lesionado y también cuantos clientes nuestros nos han dicho que que majo era el forense… que habían estado de risas y luego les da una valoración infame….

      Lo dicho Suerte y gracias Adolfo

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