Mi aseguradora se niega a pagar la indemnización

¿Cuándo puede la compañía de seguros negarse a pagar una indemnización derivada de un accidente de tráfico?

Existen diversos supuestos en los que la aseguradora puede negarse a pagar la indemnización del accidente de tráfico, pero también hay muchas causas que no podrán alegar para no pagártela. Te exponemos los motivos más frecuentes de disputa entre asegurados y compañías de seguros y tus derechos para que sepas en todo momento cómo actuar.
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Accidente de tráfico sin tener la ITV pasada

El tener la ITV caducada es merecedor de una sanción de tipo administrativo que para nada tiene que ver la responsabilidad civil que surge en el causante del accidente en virtud de la cual el accidentado debe ser indemnizado. Es decir, que tener ITV caducada no significa que no se deba ser indemnizado.
[quote_right]El no pasar la ITV tendría que ser la causa probada del accidente para que no nos pagaran…[/quote_right]
Sólo en el caso en el que la aseguradora pudiera demostrar que el accidente se produjo por causa de un error mecánico del vehículo que hubiera sido detectado en la ITV, podría la aseguradora negarse al pago de la indemnización, pero en la práctica esta posibilidad es totalmente remota y aún existiendo se podría conseguir una concurrencia de culpas, es decir se cobraría una parte de la indemnización (generalmente el 50%).

carné de conducir
carné de conducir

Falta de tipo administrativo donde el accidente es culpa de otro vehículo

Lo mismo pasaría con cualquier otra falta de tipo administrativo que no haya tenido influencia en el accidente como tener el carnet caducado, no tener seguro o incluso dar positivo de alcoholemia. Por supuesto que nos referimos siempre en aquellos casos en los que el accidente es culpa de otro vehículo. Por ejemplo, si un conductor está parado en un semáforo y es golpeado por detrás (accidente por alcance) aunque este diera positivo en alcoholemia, tendría una sanción administrativa pero esto no tendría influencia en su derecho a percibir una indemnización, ya que el alcohol no tuvo ninguna influencia en la dinámica del accidente.
[quote_right]Siempre hay que tener presente la posible concurrencia de culpas en los accidentes de tráfico y atropellos [/quote_right]
Hay que tener en cuenta que en derecho y especialmente en la reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico nada es blanco o negro, existen muchos casos en los que o bien la culpa no es clara de una de las dos partes o bien concurren otras circunstancias en el accidente, por eso se denomina a esta situación concurrencia de culpas y lo que ocurre en estas situaciones es que la indemnización que le corresponde al lesionado se ve reducida en un porcentaje en función de su grado de culpa. Un ejemplo muy claro de la concurrencia de culpas es no llevar puesto el cinturón de seguridad o el casco en la moto.
En Indemnización por Accidente te ayudamos en tu derecho a percibir una indemnización. Si tu aseguradora te dice que no se hacen responsables del siniestro por alguna de estas causas acude a nosotros y te solucionaremos el problema…

Falta de nexo causal entre las lesiones y el accidente

Un clásico de las aseguradoras…. Decir que los daños materiales son muy pocos por lo que es imposible que el lesionado se haya hecho daño… El 80% de los esguinces cervicales que no pagan las aseguradoras son debido a este concepto… Esto se agravó con la entrada en vigor del nuevo Baremo y su artículo 135
La jurisprudencia es variada y abundante y existen múltiples estudios médicos que determinan que una lesión cervical se puede producir a velocidades mínimas…Tratar al lesionado como un potencial estafador es una costumbre habitual entre los tramitadores de las aseguradoras.[quote_right]Hay muchas lesiones que se producen a velocidades mínimas, nosotros defendemos tu derecho a una indemnización justa[/quote_right] Consiguen en muchos casos que el lesionado renuncie a sus derechos por miedo a sentirse un aprovechado… Nos cuentan muchos de nuestros clientes como son tratados cuando dicen que les duele el cuello tras un accidente de tráfico y se ponen los pelos de punta. A algunos les llegan a decir que ya quieren aprovecharse del accidente sin ningún tipo de indicio más que de los propios prejuicios…
aseguradoras que no pagan

Consecuencias del cambio legislativo de Julio de 2015

Tras la despenalización de las faltas, las aseguradoras tienen ahora más fuerza para negarse a pagar una indemnización argumentando excusas más o menos fundadas. Hasta Julio de 2015 si la aseguradora se negaba a pagar una indemnización argumentando una falta de nexo causal entre las lesiones y el accidente, concurrencia de culpas o cualquier otro motivo, el lesionado se limitaba a contratar un abogado especialista en accidentes de tráfico que generalmente trabajamos a porcentaje y se iniciaba una reclamación por vía penal sin ningún tipo de riesgo para el denunciante. El lesionado era reconocido por el médico forense del juzgado y este valoraba la indemnización que le correspondía y si la aseguradora se negaba a pagar se iba a juicio y en caso de que el juez le diera la razón a la aseguradora, el lesionado simplemente no cobraba pero no tenía ningún gasto asociado.
Ahora con el cambio legislativo el lesionado en accidente de tráfico tiene que demandar por vía civil si la aseguradora se niega a pagar su indemnización y en esta vía se corre el riesgo de tener que pagar las costas judiciales si se pierde el juicio. Esto no es bastante habitual ya que para ello el juez debe considerar que la reclamación era totalmente infundada ya que si se admite parcialmente la demanda no hay que pagar esas costas…
Pero claro es muy tentador para las aseguradoras aprovecharse de ese miedo a lo desconocido del ciudadano de a pié para negarse por sistema a pagar las indemnizaciones o pagar cantidades ridículas amenazando al lesionado de que si pierde encima le va a costar un dinero el proceso judicial….
Los despachos de abogados especializados en accidentes de tráfico lo tenemos muy fácil ya que contamos con la experiencia de miles de casos reclamados por lo que sabemos con una seguridad casi absoluta si un pleito es viable o no…

Consecuencias de la entrada en vigor del Baremo actual para accidentes de tráfico

Además del cambio mencionado anteriormente respecto al proceso jurídico, en el año 2016 entró en vigor un nuevo baremo para el cálculo de indemnizaciones por accidentes de tráfico, más complejo aún que el anterior y con algunos artículos muy polémicos, como el art.135 que hace referencia a los traumatismos menores de la columna vertebral, curiosamente, estas son las lesiones más habituales en accidentes de tráfico, son los latigazos cervicales y otras cervicalgías, pues bien, con la aplicación del mencionado artículo y los criterios de causalidad (De exclusión, cronológica, Topográfica y de intensidad) las aseguradoras están tratando de dejar sin sus indemnizaciones justas a muchas víctimas de accidentes de tráfico. En Indemnización por Accidente hemos conseguido recientemente una sentencia en contra del abuso de la aplicación del artículo 135 que hacen muchas compañías de seguros y que abre la vía a todos nuestros clientes para reclamar lo que es justo.
Si siente que su aseguradora no responde como debe, no lo dude y llámenos, estaremos encantados de ayudarle.

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151 Comments

  • Hace casi seis meses tuve accidente de moto por culpa coche de rent a car pero no hicimos parte . Yo fui al hospital me dolia la rodilla y el informe me puso policontusiones, pero sin baja. Quiero reclamar el arreglo de la moto y 3 días que estuve dolorido pero la compañía contraria no me contesta les he mandado un burofax. Puedo ponerles demanda aunque no haya estado de baja?

    • Hola Carmen

      El que no hayas estado de baja no merma tu derecho a una indemnización justa, siempre que podamos demostrar y acreditar que se produjo el accidente y no fue por culpa tuya podremos exigir una indemnización, llámanos sin compromiso al 91 737 11 10 (Madrid y otras provincias) o al 93 414 73 20 (Cataluña) y lo vemos en detalle. Nuestros honorarios son un % de la indemnización, si no ganamos, no cobramos, y, además, si tu poliza dispone de asistencia jurídica te pueden salir gratis y el 100% de la indemnización sería para ti.

      José Luis Gil, Investigador y reconstructor de accidentes

  • El día 8 de febrero, cuando iba a cruzar una Avenida en Albaida (Valencia) por un paso de peatones ,situado después de un paso de peatones con badem y después de una rotonda, me cercioré de que el coche iba a parar. Él conductor me indicó con la mano que cruzará y yo así lo hice. El coche no paró y me dio en la parte derecha de mi cuerpo, me lanzó unos metros por el aire y caí al suelo. Los testigos, declararon que efectivamente yo iba por el paso de cebra. Mientras yo permanecía en el suelo, junto con personas que pasaban por allí en ese momento, llamaron a la policia local. Ésta acudió enseguida, se aseguraron de que yo no tenía daños en la columna vertebral y me levantaron del suelo y me llevaron al centro de salud . Después acudí al hospital d’Ontinyent, al tener tres golpes en la cabeza y sentir ganas de vomitar. El 21 de marzo, tras varios días de vómitos y mareos , acudí a urgencias del Hospital Luís Alcañiz de Xàtiva, allí tras hacerme tres radiografías del cuello y cabeza , me diagnosticaron una contractura cervical. El 4 de abril volví a ir a urgencias del hospital Luis Alcañiz de Xàtiva , por qué los síntomas continuaban y además se agrabavan. Me diagnosticaron cervilcagia postraumatica. A dia de hoy, 19 de abril, aún tengo mareos, derrames en varias partes del cuerpo, inflamación en las rodillas y mucho dolor en los pies. El médico del seguro del coche, AÚN NO HA VENIDO A CONSULTARME A MI CASA!!! (yo no me puedo desplazar a Valencia , por todas las dolencias que sigo sufriendo, como pretendía el médico del seguro del coche que me atropelló) . ¿QUE ME SUGIEREN USTEDES QUE HAGA?
    Muchas gracias !!!
    M Remedio Giner Segrelles

    • los síntomas que menciona son muy típicos cuando la contractura cervical es muy severa y es importantísimo que reciba tratamiento rehabilitador lo antes posible. Las aseguradoras tienen establecidos unos protocolos de atención médica muy estrictos y pensados en ahorrar el máximo posible en tratamientos médicos en vez de en mejorar las lesiones de los accidentados. Por eso es importantísimo que usted solicite formalmente asistencia médica ya que normalmente después de un mes del accidente las aseguradoras deniegan el tratamiento, Nosotros podemos conseguirle un centro de rehabilitación cercano a su localidad y además de solucionarle el tema de la atención médica le podremos conseguir la indemnización que le corresponda. Póngase en contacto con nosotros de manera inmediata porque como le decíamos anteriormente el tiempo corre en su contra y si lo deja mucho tendrá que costearse usted el tratamiento de fisioterapia.

      Llámenos al 91 737 11 10 y estaremos encantados de ayudarla.

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