
¿Cuándo puede la compañía de seguros negarse a pagar una indemnización derivada de un accidente de tráfico?
Existen diversos supuestos en los que la aseguradora puede negarse a pagar la indemnización del accidente de tráfico, pero también hay muchas causas que no podrán alegar para no pagártela. Te exponemos los motivos más frecuentes de disputa entre asegurados y compañías de seguros y tus derechos para que sepas en todo momento cómo actuar.
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Accidente de tráfico sin tener la ITV pasada
El tener la ITV caducada es merecedor de una sanción de tipo administrativo que para nada tiene que ver la responsabilidad civil que surge en el causante del accidente en virtud de la cual el accidentado debe ser indemnizado. Es decir, que tener ITV caducada no significa que no se deba ser indemnizado.
[quote_right]El no pasar la ITV tendría que ser la causa probada del accidente para que no nos pagaran…[/quote_right]
Sólo en el caso en el que la aseguradora pudiera demostrar que el accidente se produjo por causa de un error mecánico del vehículo que hubiera sido detectado en la ITV, podría la aseguradora negarse al pago de la indemnización, pero en la práctica esta posibilidad es totalmente remota y aún existiendo se podría conseguir una concurrencia de culpas, es decir se cobraría una parte de la indemnización (generalmente el 50%).

Falta de tipo administrativo donde el accidente es culpa de otro vehículo
Lo mismo pasaría con cualquier otra falta de tipo administrativo que no haya tenido influencia en el accidente como tener el carnet caducado, no tener seguro o incluso dar positivo de alcoholemia. Por supuesto que nos referimos siempre en aquellos casos en los que el accidente es culpa de otro vehículo. Por ejemplo, si un conductor está parado en un semáforo y es golpeado por detrás (accidente por alcance) aunque este diera positivo en alcoholemia, tendría una sanción administrativa pero esto no tendría influencia en su derecho a percibir una indemnización, ya que el alcohol no tuvo ninguna influencia en la dinámica del accidente.
[quote_right]Siempre hay que tener presente la posible concurrencia de culpas en los accidentes de tráfico y atropellos [/quote_right]
Hay que tener en cuenta que en derecho y especialmente en la reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico nada es blanco o negro, existen muchos casos en los que o bien la culpa no es clara de una de las dos partes o bien concurren otras circunstancias en el accidente, por eso se denomina a esta situación concurrencia de culpas y lo que ocurre en estas situaciones es que la indemnización que le corresponde al lesionado se ve reducida en un porcentaje en función de su grado de culpa. Un ejemplo muy claro de la concurrencia de culpas es no llevar puesto el cinturón de seguridad o el casco en la moto.
En Indemnización por Accidente te ayudamos en tu derecho a percibir una indemnización. Si tu aseguradora te dice que no se hacen responsables del siniestro por alguna de estas causas acude a nosotros y te solucionaremos el problema…
Falta de nexo causal entre las lesiones y el accidente
Un clásico de las aseguradoras…. Decir que los daños materiales son muy pocos por lo que es imposible que el lesionado se haya hecho daño… El 80% de los esguinces cervicales que no pagan las aseguradoras son debido a este concepto… Esto se agravó con la entrada en vigor del nuevo Baremo y su artículo 135
La jurisprudencia es variada y abundante y existen múltiples estudios médicos que determinan que una lesión cervical se puede producir a velocidades mínimas…Tratar al lesionado como un potencial estafador es una costumbre habitual entre los tramitadores de las aseguradoras.[quote_right]Hay muchas lesiones que se producen a velocidades mínimas, nosotros defendemos tu derecho a una indemnización justa[/quote_right] Consiguen en muchos casos que el lesionado renuncie a sus derechos por miedo a sentirse un aprovechado… Nos cuentan muchos de nuestros clientes como son tratados cuando dicen que les duele el cuello tras un accidente de tráfico y se ponen los pelos de punta. A algunos les llegan a decir que ya quieren aprovecharse del accidente sin ningún tipo de indicio más que de los propios prejuicios…

Consecuencias del cambio legislativo de Julio de 2015
Tras la despenalización de las faltas, las aseguradoras tienen ahora más fuerza para negarse a pagar una indemnización argumentando excusas más o menos fundadas. Hasta Julio de 2015 si la aseguradora se negaba a pagar una indemnización argumentando una falta de nexo causal entre las lesiones y el accidente, concurrencia de culpas o cualquier otro motivo, el lesionado se limitaba a contratar un abogado especialista en accidentes de tráfico que generalmente trabajamos a porcentaje y se iniciaba una reclamación por vía penal sin ningún tipo de riesgo para el denunciante. El lesionado era reconocido por el médico forense del juzgado y este valoraba la indemnización que le correspondía y si la aseguradora se negaba a pagar se iba a juicio y en caso de que el juez le diera la razón a la aseguradora, el lesionado simplemente no cobraba pero no tenía ningún gasto asociado.
Ahora con el cambio legislativo el lesionado en accidente de tráfico tiene que demandar por vía civil si la aseguradora se niega a pagar su indemnización y en esta vía se corre el riesgo de tener que pagar las costas judiciales si se pierde el juicio. Esto no es bastante habitual ya que para ello el juez debe considerar que la reclamación era totalmente infundada ya que si se admite parcialmente la demanda no hay que pagar esas costas…
Pero claro es muy tentador para las aseguradoras aprovecharse de ese miedo a lo desconocido del ciudadano de a pié para negarse por sistema a pagar las indemnizaciones o pagar cantidades ridículas amenazando al lesionado de que si pierde encima le va a costar un dinero el proceso judicial….
Los despachos de abogados especializados en accidentes de tráfico lo tenemos muy fácil ya que contamos con la experiencia de miles de casos reclamados por lo que sabemos con una seguridad casi absoluta si un pleito es viable o no…
Consecuencias de la entrada en vigor del Baremo actual para accidentes de tráfico
Además del cambio mencionado anteriormente respecto al proceso jurídico, en el año 2016 entró en vigor un nuevo baremo para el cálculo de indemnizaciones por accidentes de tráfico, más complejo aún que el anterior y con algunos artículos muy polémicos, como el art.135 que hace referencia a los traumatismos menores de la columna vertebral, curiosamente, estas son las lesiones más habituales en accidentes de tráfico, son los latigazos cervicales y otras cervicalgías, pues bien, con la aplicación del mencionado artículo y los criterios de causalidad (De exclusión, cronológica, Topográfica y de intensidad) las aseguradoras están tratando de dejar sin sus indemnizaciones justas a muchas víctimas de accidentes de tráfico. En Indemnización por Accidente hemos conseguido recientemente una sentencia en contra del abuso de la aplicación del artículo 135 que hacen muchas compañías de seguros y que abre la vía a todos nuestros clientes para reclamar lo que es justo.
Si siente que su aseguradora no responde como debe, no lo dude y llámenos, estaremos encantados de ayudarle.
151 Comments
Hola, hace una semana mi padre se saltó un stop y tuvo una colisión con otro coche, los coches quedaron destrozados, afortunadamente a los conductores no les pasó nada. Pero mi padre no tenía la itv pasada por 3 meses. Ahora el seguro nos pide la ficha técnica del vehículo. Estamos muy agobiados por si tenemos que pagar los gastos de los dos vehículos. Mi padre tiene un todo riesgo y en las condicones del seguro no nombra nada de itv. Pero ¿Podrían hacernos pagar las reparaciones de los dos coches?
No es tan fácil que puedan hacer eso. Para haceros pagar la reparación tendrían que demostrar que el accidente se produjo por que el coche no estaba en condiciones . Por ejemplo si el accidente se produce porque las ruedas están desgastadas y el coche no ha frenado adecuadamente se podrían negar, pero si ha sido un error humano como parece el caso no. Es decir parece obvio que el hecho de tener la ITV pasada no hubiera evitado que el accidente se hubiera producido verdad?
Hola, buenas tardes…. Yo estoy en la misma situación… La semana pasada le di un golpe por detrás a una chica…. Está chica,sin ser un golpe de importancia fue al médico y le pusieron el collarin…(para ella el cupón de los seguros). Resulta que yo tenía la itv cumplida hacia 4 días…. Entonces quisiera recibir consejo y saber cual fue el resultado del hombre que se salta el stop. Muchas gracias
Angel, en principio aunque no tengas pasada la iTV tu aseguradora debe hacerse responsable de todos los gastos e indemnizaciones… para no hacerlo tendrían que ser capaces de demostrar que el hecho de no tener pasada la ITV fue la casusa del accidente
Buenos días,
Mi caso es el siguiente: tenía mi coche bien aparcado y yo me encontraba dentro, de repente oigo y noto un impacto contra mi parachoques trasero y cuando me doy cuenta un coche que intentaba aparcar justo detrás del mio me impacta. El conductor del vehículo contrario intenta marcharse del lugar pero yo me bajo y lo hago parar.Él reconoce el siniestro por su culpa y me da su seguro de responsabilidad civil. Yo me encontraba un poco mareado y con nauseas y me voy al médico, en el médico me hacen una serie de pruebas y me diagnostican una cervicalgia y un traumatismo lumbar. Me mandan ha rehabilitación y todo bien. Me dan el alta y presento los papeles en mi seguro y todo sigue correcto.Pasan unos meses y al ver que los de mi seguro no me dicen nada llamo y me dicen que el conductor del vehículo contrario reconoce el impacto contra mi coche pero que no había nadie dentro mi coche, que estaba el coche aparcado sin nadie dentro………….ha cambiado su versión. Lo voy a denunciar pero con un abogado particular.Me gustaría saber si yo teniendo un parte de lesiones y toda la documentación hay alguna probabilidad de que yo pierda el juicio porque mi compañía de seguros me comenta que si se pierde yo tengo que correr con todos las costas del juicio. Muchas gracias.Un saludo.
José, si no han pasado más de seis meses del accidente usted puede presentar una denuncia por vía penal por lo que no tiene ningún riesgo de costas como le amenaza su aseguradora. Este es otro claro ejemplo de que uno no se puede fiar de lo que le dicen las aseguradoras ya que no dudan en faltar a la verdad para evitar que los lesionados reclamen las indemnizaciones a las que tienen derecho.
No te vamos a engañar de que no es 100% seguro que cobres la indemnización, habría que ver cual es el parte amistoso que rellenais y si tienes algún testigo que pueda corroborar tu versión.
De cualquier forma si quisieras que nosotros te reclamasemos tu indemnizacióón no tendrías que pagarnos nada en caso de que no ganaramos el juicio ya que sólo cobramos un procentaje en caso de que se gane… pero si encima conseguimos demostrar tu versión y ganar el juicio… será tu propia aseguradora la que tenga que abonar la totalidad o gran parte de nuestros honorarios por lo que encima nuestro servicio te podría salir gratis incluso consiguiendo la indemnización…
¿Entiendes ahora porque a tu asegurardora le interesa desanimarte y asustarte para que no te busques un abogados externo?
LLámanos y te ayudaremos. 914351078 – 934147320