Indemnización por Accidente en Transporte Público

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¿Se puede reclamar una indemnización por accidente en transporte público? ¿Se puede reclamar una indemnización por el seguro obligatorio de viajeros y otra indemnización por la responsabilidad civil?

Una de las consultas más habituales que recibimos en Indemnización por Accidente son relativas a reclamar una indemnización por un accidente ocurrido en un transporte público, generalmente en autobús.

[quote_right]Si sufre un accidente en autobús, nunca abandone el transporte y solicite asistencia sanitaria que constate las lesiones sufridas a bordo[/quote_right]

Indemnización por accidente de autobús

Los accidentes en autobús de pasajeros son bastante frecuentes principalmente debidos a la velocidad inadecuada por parte del conductor, lo que suele provocar frenazos bruscos que hacen que los pasajeros caigan al suelo o sufran lesiones en el hombro al tratar de evitar la caída asiéndose a la barra. Es muy importante señalar que ante una lesión producida en el autobús, es fundamental que quede constancia de que las lesiones se han producido en ese accidente. Para acreditar la relación de causalidad entre el accidente y las lesiones es importantísimo que exista un informe de la policía o un parte asistencial del SAMUR o servicio de urgencia. NUNCA hay que bajarse del autobús sin que el conductor tenga conocimiento de que se ha producido alguna lesión puesto que así sería imposible poder reclamar indemnización alguna ni como SOV (seguro obligatorio de viajeros) ni como RC (responsabilidad civil).

Cuando hablamos de indemnización por accidente en autobús tenemos que tener en cuenta que se pueden reclamar dos indemnizaciones en muchas ocasiones.

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En indemnización por accidente, estamos especializados en accidentes de tráfico. A la vez que te ayudamos a reclamar las distintas indemnizaciones que se generan en un accidente, te ayudamos con cualquier problema que puedas tener con la reclamación.

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Compatibilidad de las indemnizaciones de los seguros obligatorio de Viajeros y de Responsabilidad Civil

La siguiente duda que nos gustaría aclarar es que las dos indemnizaciones son compatibles, es decir, en un accidente en transporte público se podrá cobrar una indemnización por el SOV y otra por RC:

Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del seguro obligatorio de viajeros.

Reglamento del seguro obligatorio de viajeros
TÍTULO PRELIMINAR DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS.

Artículo 1. Finalidad del seguro.

El seguro obligatorio de viajeros tiene por finalidad indemnizar a éstos o a sus derechohabientes, cuando sufran daños corporales en accidente que tenga lugar con ocasión de desplazamiento en un medio de transporte público colectivo de personas, siempre que concurran las circunstancias establecidas en este reglamento.

Artículo 2. Naturaleza del seguro.

1. El seguro que se regula en este reglamento tiene carácter obligatorio y ampara a todo viajero que utilice medios de locomoción destinados al transporte público colectivo de personas.

2. El seguro obligatorio de viajeros constituye una modalidad del seguro privado de accidentes individuales, compatible con cualquier otro seguro concertado por el viajero o al referente.

3. El seguro obligatorio de viajeros no libera a las empresas transportistas, a los conductores de los vehículos, o a terceros de la responsabilidad civil en que, dolosa o culposamente, pudieran incurrir por razón del transporte de personas, ni las prestaciones satisfechas por razón de dicho seguro reducen el importe de la expresada responsabilidad.

4. El seguro se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, por este reglamento y demás disposiciones que le sean de aplicación.

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83 Comments

  • Mi madre iba en un autocar que hace la ruta Cigales – Valladolid. El autobúsero pego un frenazo y mi madre se golpeó con el asiento de delante. Se hizo una brecha en la cabeza y la tuvieron que dar 8 puntos. Me gustaría saber donde me tengo que dirigir para que me indemnicen por las buenas y no tener que denunciar y llegar a juicio. La empresa no puso trabas y me dijo que fuera a su mutua… pero de la indemnización no se nada y hace 3 semanas

    • Alberto todavía estoy por ver un accidente de autobús en el que la aseguradora pague por las buenas… Aunque en el caso de tu madre como la indemnización estará entre los 1000-2000 euros no debería ser difícil llegar a un acuerdo…

  • Mi madre sufrio un accidente de autobus y tuvo rotura de escafoides… ha estado con rehabilitacion pero ha tenido complicaciones x lo q lleva de baja 1 ano. Ha pasado tribunal medico y le dan 162 dias de curacion y 3 puntos de secuela… mi duda es si solo le tienen q pagar los 162 dias de baja o el ano entero q ha estado de baja. Ella esta de baja xq no puede trabajar x el dolor del brazo. Gracias

    • Amaya, podría ser correcta la valoración de los días de curación y las secuelas… aunque se me antoja algo baja, pero hay una cosa que no están teniendo en cuenta y a lo mejor podría ser importante. Han valorado como le puede influir esas secuelas a tu madre en la realización de su profesión. Ese concepto le puede aumentar la indemnización en muchos miles de euros más. Suponemos que ya tendrás abogado y que el tribunal médico al que te refieres es un forense del juzgado. Tu abogado ahora junto a un perito médico (aquí suele venir el problema cuando no se contratan abogados especialistas en accidentes) debe valorar si esa valoración del forense es correcta y si no lo es impugnarla… así como valorar el grado de afectación a su visa laboral…

      Si no tienes abogado, llámanos inmediatamente y te ayudaremos a obtener la indemnización correcta para tu madre. 914351478

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