Cuál es el plazo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico

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¿Cuál es el plazo del que disponemos para reclamar una indemnización por accidente de tráfico?

Una de las consultas más recurrentes que recibimos en Indemnización por Accidente es cual es el plazo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico. El asunto es de vital importancia y nos frustra mucho cuando un lesionado viene a contratar nuestros servicios y no podemos ayudarle por estar fuera de plazo. Generalmente son gente que han sido asesorados por su aseguradora y les han dicho que esperen que la aseguradora contraria les hará una oferta que nunca llega y si no están bien asesorados pierden cualquier opción a reclamar una indemnización.

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Plazo para reclamar una indemnización por vía penal

[quote_right]Sólo podrá reclamar por esta vía en caso de delitos( alcoholemia, conducción temeraria o imprudente, lesiones muy graves etc)[/quote_right]

Pues bien, entrando en materia tenemos que decir que el plazo ideal para reclamar una indemnización por accidente de tráfico es el de 6 meses desde la fecha del accidente. En este plazo podremos acceder a la reclamación por vía penal. Nuestras lesiones podrán ser valoradas por un médico forense adscrito al juzgado que valorará nuestras lesiones de forma objetiva y nos garantizará el cobro de la indemnización justa que por nuestras lesiones nos corresponde. Si nos hemos pasado de este plazo, tendríamos que acudir a la vía civil. La vía civil a priori es un poco más complicada, se corre el riesgo de pagar costas judiciales si se pierde el juicio o incluso si ganándose, se considera que se ha reclamado una indemnización excesiva. Además hay que realizar una valoración de las lesiones a través de un perito médico externo que generalmente tendrá que acudir al juicio a ratificar ese informe.

Plazo para reclamar una indemnización por vía civil

El plazo para la vía civil es de un año. Pero aquí es donde se complica la cosa, un año desde la estabilización de las lesiones. Por ejemplo un conductor sufre un accidente el 1-1-2023 y está de baja 6 meses y el 1-6-2023 le dan el alta con secuelas y ya no tiene que realizar ningún tipo de rehabilitación porque las lesiones están estabilizadas. Pues bien el plazo para poder presentar la demanda civil sería al año de esa fecha, es decir el 31-05-2024. Desde Indemnización por Accidente aconsejamos a todos los lesionados en accidentes de tráfico que se asesoren lo antes posible y no apuren los plazos sin necesidad esperando una oferta que no llega o esperando la total curación de las lesiones.

En este tipo de reclamación por accidente valoraremos las indemnizaciones a través de nuestro perito médico y o bien la aseguradora paga voluntariamente o iniciamos una reclamación por vía civil que resultará muy costosa para la aseguradora que podrá tener que pagar además las costas e intereses de procedimiento…

¿ Cómo se interrumpe la prescripción?

Todos los despachos de abogados utilizamos el burofax como garantía absoluta para la interrupción de un plazo de prescripción, pero la realidad es que para interrumpir la prescripción de la acción civil en un accidente de tráfico nos vale cualquier tipo de comunicación/reclamación que podamos hacer a la aseguradora del vehículo responsable. O sea un simple email ya estaría interrumpiendo dicha prescripción. Las propias ofertas de las aseguradoras también mantienen vivos los procedimientos de reclamación incluso negándose a pagar la indemnización pertinente.

Normalmente solo se interrumpe la prescripción cuando se trata de lesiones muy graves que nos obligan por ejemplo a litigar con la Seguridad Social por ejemplo para el reconocimiento de un grado de incapacidad laboral. Pongamos el ejemplo de un lesionado en accidente de tráfico cuyas lesiones le impidan realizar las labores propias de su profesión pero que pasa un Tribunal médico de la Seguridad Social y este no le reconoce dicha incapacidad. Antes de poder calcular la indemnización que le corresponde tendríamos que conseguir por vía judicial ese reconocimiento del grado de incapacidad por lo que ese procedimiento en la jurisdicción social podría demorarse más de un año y sería necesario interrumpir la prescripción para mantener intactas todas las posibilidades de reclamación de indemnización frente a la aseguradora

¿Cómo me abonarán la indemnización?

Generalmente, el pago se realiza mediante transferencia bancaria cuando se ha cerrado el acuerdo con la compañía de seguros del conductor culpable del siniestro. Esto es así, siempre y cuando se llegue a un acuerdo extrajudicial. Si el caso llega a los juzgados, el cobro tendrá lugar tras el mandamiento de pago a la firma de seguros. Muchas veces, las compañías aseguradoras prefieren trabajar con cheques y enviárselos directamente a sus destinatarios a su domicilio.

Plazos Cobro Indemnización

cual es el plazo para cobrar tras reclamar una indeminzacion
En cuanto al cobro efectivo de la indemnización por parte del lesionado, es un poco complicado hablar de plazos porque varía significativamente en función de cada uno de los distintos juzgados. También va a depender de las lesiones del accidentado.

Os ponemos un ejemplo real de cómo funcionan estos plazos: en Madrid capital, desde que se presenta la denuncia hasta que te llama el médico forense pueden pasar unos 2-3 meses, por lo que si todo va bien una reclamación de una indemnización por unas lesiones leves como un esguince cervical, el lesionado podría cobrar en un plazo de 4 a 6 meses. Hay otros juzgados que pueden llegar a tardar hasta 4-5 meses en la valoración del médico forense y si hay juicio fácilmente te puedes poner en un año para cobrar la indemnización.

Es importante efectuar correctamente el cálculo de la indemnización por un accidente de tráfico para evitar que queden partidas “olvidadas” por parte de las aseguradoras.

Estos procedimientos suelen ser complejos, los seguros tratan de minimizar el importe a pagar y, muchas veces, pueden verse vulnerados los derechos de las víctimas. Por todo ello, es recomendable solicitar el apoyo legal de un bufete de abogados especializados en accidentes de tráfico.

En Indemnización por Accidente estamos acostumbrados a trabajar en este tipo de casos y conocemos, al dedillo, todas las estrategias que emplean las aseguradoras para minimizar el importe de la compensación. Además, sólo cobraremos por nuestro servicios una vez se haya abonado el importe a percibir.

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205 Comments

  • hola soy jose el dia 25 de noviembre del 2015 iva caminando a tirar la basura y paso un coche a toda velocidad y me tuve ke tirar hacia un lado me he lesionado la rodilla y creo ke tengo algo roto en las costillas el dueño del coche me kiere dar el seguro ke me aconseja porke yo no he ido a medicos ni hecho nada.estoy yo mismo tomando ibuprofeno y nolotil pero me duele mucho ..

    • José, si no se acude a un centro médico antes de 2-3 días después de un accidente se rompe el nexo causal entre las lesiones y el accidente y no se cobra indemnización alguna. Es muy importante acudir lo antes posible al médico tras un accidente para evitar circunstancias como esta…

  • Buenos días;

    En 2007 tuve un accidente por alcance que me supuso rectificación de lodosas cervical, hernia en C6-C7 con neuropatía moderada en brazo derecho.
    Ustedes me llevaron el caso y quede muy contenta, pero firme que no realizaría posteriores reclamaciones.
    El caso es que posteriormente en mayo el año 2010 me tuve que operar la hernia debido a que me presionaba y desviaba la médula. Además se agravó la loor dosis y aparecieron profusiones en varios niveles superiores hasta c3.
    En la operación se descubrió que el disco estaba clavado en la médula y al operarme me quede con el plexo braquial derecho dañado y con un daño medular a nivel C7 que me hace arrastrar la pierna derecha al andar. Durante la operación tuvieron que tirar del brazo derecho lo que me originó que se me atrapara el nervio cubital del brazo izquierdo.
    Además por la lodosos se rectificó la curvatura de mi espalda y me produjo varias protusiones de diversa consideración en varios niveles dorsales y dos hernias lumbares L5-L4 y L5-S1 que me produjeron neuropatias en pierna derecha moderada y en izquierda leve.
    Posteriormente en 2012 me veo obligada a darme de baja en mi trabajo debido a los dolores insoportables y a los mareos (vértigos). También tengo Síndrome de Meniere bilateral con ruidos constantes y pérdida de audición. En otoneurologia dicen que aunque no está muy claro es probable que se produjera por el accidente. También tengo Fibromialgia (14 puntos) y fatiga crónica, el reumatólogo también opina que se debe a las neuropatias en brazos y piernas del accidente.
    También me deriva el neurocirujano a la unidad del dolor ya que es imposible lidiar con los dolores, después de haber realizado 75 sesiones de rehabilitación que no consiguen solucionar nada.
    En 2013 y 2014 me vuelven a operar de otras dos hernias cervicales y dos lumbares que se producen por el cambio en las curvaturas de la columna debido a la loe dosis inicial que fue a más.
    A pesar de dichas operaciones me siguen quedando las mismas secuelas neuropaticas y la lesión medular en C7 se convierte en mielomalacia.
    Actualmente ya llevo más de 3 años de baja lo que me ha producido una Depresión Mayor ya cronificada al no poder ejercer mi rol laboral. No duermo y tengo síncopes y vértigos lo que me impide conducir o salir sola a la calle.
    Sigo en la unidad del dolor con medicación muy fuerte parche de morfina de 100, lírica de 75, diazepan, Tramadol, Trazolona, óxido doña, venlafaxina, dogmátil, será para los acúfenos, etc.
    Tengo gran inestabilidad y no puedo realizar ni siquiera las tareas más básicas del hogar, además me deben ayudar en mi higiene y a vestir.
    Llevo bastón inglés debido a la gran inestabilidad que tengo y ya van a empezar a pincharme gentamicida en uno de los oídos para intentar reducir los vértigos.
    Tengo concedido un 65% de discapacidad y me encuentro solicitando una incapacidad absoluta. Todos los especialistas me han dicho que iré a peor.
    Después de la primera operación cervical me dijeron que debía perder peso al sé obesa y como no se conseguía debido al efecto rebote de múltiples dietas me recomendaron hacer un Bypass gástrico por las comorbilidades de las lesiones de espalda. Debido a ello he tenido varias hemorragias (melenas) teniéndome que operar de nuevo en dos ocasiones por tener una úlcera duodenal de 8cm en la anastomosis que no se curaba con pastillas. Además también me tuvieron que quitar la vesícula debido al daño que se suele producir después del Bypass en YRoug. Tengo múltiples cicatrices por todas las zonas operadas (daño estético)
    Ustedes tienen todos los datos del accidente en el que la otra parte tuvo el 100% de culpa.
    Como pueden ver me han arruinado la salud y la vida.
    Me gustaría saber si puedo reclamar por lo civil algún tipo de indemnización por esta pesadilla que estoy viviendo a pesar de haber firmado mi renuncia a reclamar en 2007.
    Ya son 5 las hernias operadas y mi espalda sigue empeorando las neuropatias no han mejorado tampoco después de las intervenciones. Los especialistas me han dicho que no mejoraré y que con el tiempo iré a peor.
    Gracias por su tiempo y ayuda, espero que traten mi caso con especial cariño y que analicen su viabilidad.
    Quedo a la espera de su pronta respuestas.
    PD: Tengo informes de todo de la Seguridad Social y privados. (Sanita(s)

    • Esther, nos alegra oír que quedaste satisfecha con nuestro servicio…. y haces bien en ponerte en contacto con nosotros porque por lo que comentas si que creemos que puedes reclamar una indemnización por el agravamiento de las lesiones sufridas… La ley es clara a este respecto y dice que nadie puede renunciar a algo cuya existencia se desconoce… Este es un claro ejemplo de la importancia de ponerse en manos de abogados especialistas en accidentes de tráfico como nosotros, que como observo en tu expediente, firmaste una renuncia cuando te conseguimos la indemnización, dejando muy claro los conceptos por los que se te indemnizaban por lo que ahora, especialmente si te conceden una incapacidad podremos demostrar que cuando cobraste esa indemnización no se podía saber que las lesiones se agravarían hasta el punto de incapacitarte para trabajar …. Tenemos tu teléfono pero como han pasado unos años si no te podemos localizar ponte en contacto con nosotros en el 914351478 y te asesoraremos con mayor profundidad…. Lo suyo sería que vinieras cualquier viernes que nuestro perito pasa consulta en el despacho para que valore la documentación médica y nos diga si puede establecer el nexo causal entre las lesiones del accidente y estos agravamientos sufridos….

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