
¿Cuál es el plazo del que disponemos para reclamar una indemnización por accidente de tráfico?
Una de las consultas más recurrentes que recibimos en Indemnización por Accidente es cual es el plazo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico. El asunto es de vital importancia y nos frustra mucho cuando un lesionado viene a contratar nuestros servicios y no podemos ayudarle por estar fuera de plazo. Generalmente son gente que han sido asesorados por su aseguradora y les han dicho que esperen que la aseguradora contraria les hará una oferta que nunca llega y si no están bien asesorados pierden cualquier opción a reclamar una indemnización.
Plazo para reclamar una indemnización por vía penal
[quote_right]Sólo podrá reclamar por esta vía en caso de delitos( alcoholemia, conducción temeraria o imprudente, lesiones muy graves etc)[/quote_right]
Pues bien, entrando en materia tenemos que decir que el plazo ideal para reclamar una indemnización por accidente de tráfico es el de 6 meses desde la fecha del accidente. En este plazo podremos acceder a la reclamación por vía penal. Nuestras lesiones podrán ser valoradas por un médico forense adscrito al juzgado que valorará nuestras lesiones de forma objetiva y nos garantizará el cobro de la indemnización justa que por nuestras lesiones nos corresponde. Si nos hemos pasado de este plazo, tendríamos que acudir a la vía civil. La vía civil a priori es un poco más complicada, se corre el riesgo de pagar costas judiciales si se pierde el juicio o incluso si ganándose, se considera que se ha reclamado una indemnización excesiva. Además hay que realizar una valoración de las lesiones a través de un perito médico externo que generalmente tendrá que acudir al juicio a ratificar ese informe.
Plazo para reclamar una indemnización por vía civil
El plazo para la vía civil es de un año. Pero aquí es donde se complica la cosa, un año desde la estabilización de las lesiones. Por ejemplo un conductor sufre un accidente el 1-1-2023 y está de baja 6 meses y el 1-6-2023 le dan el alta con secuelas y ya no tiene que realizar ningún tipo de rehabilitación porque las lesiones están estabilizadas. Pues bien el plazo para poder presentar la demanda civil sería al año de esa fecha, es decir el 31-05-2024. Desde Indemnización por Accidente aconsejamos a todos los lesionados en accidentes de tráfico que se asesoren lo antes posible y no apuren los plazos sin necesidad esperando una oferta que no llega o esperando la total curación de las lesiones.
En este tipo de reclamación por accidente valoraremos las indemnizaciones a través de nuestro perito médico y o bien la aseguradora paga voluntariamente o iniciamos una reclamación por vía civil que resultará muy costosa para la aseguradora que podrá tener que pagar además las costas e intereses de procedimiento…
¿ Cómo se interrumpe la prescripción?
Todos los despachos de abogados utilizamos el burofax como garantía absoluta para la interrupción de un plazo de prescripción, pero la realidad es que para interrumpir la prescripción de la acción civil en un accidente de tráfico nos vale cualquier tipo de comunicación/reclamación que podamos hacer a la aseguradora del vehículo responsable. O sea un simple email ya estaría interrumpiendo dicha prescripción. Las propias ofertas de las aseguradoras también mantienen vivos los procedimientos de reclamación incluso negándose a pagar la indemnización pertinente.
Normalmente solo se interrumpe la prescripción cuando se trata de lesiones muy graves que nos obligan por ejemplo a litigar con la Seguridad Social por ejemplo para el reconocimiento de un grado de incapacidad laboral. Pongamos el ejemplo de un lesionado en accidente de tráfico cuyas lesiones le impidan realizar las labores propias de su profesión pero que pasa un Tribunal médico de la Seguridad Social y este no le reconoce dicha incapacidad. Antes de poder calcular la indemnización que le corresponde tendríamos que conseguir por vía judicial ese reconocimiento del grado de incapacidad por lo que ese procedimiento en la jurisdicción social podría demorarse más de un año y sería necesario interrumpir la prescripción para mantener intactas todas las posibilidades de reclamación de indemnización frente a la aseguradora
¿Cómo me abonarán la indemnización?
Generalmente, el pago se realiza mediante transferencia bancaria cuando se ha cerrado el acuerdo con la compañía de seguros del conductor culpable del siniestro. Esto es así, siempre y cuando se llegue a un acuerdo extrajudicial. Si el caso llega a los juzgados, el cobro tendrá lugar tras el mandamiento de pago a la firma de seguros. Muchas veces, las compañías aseguradoras prefieren trabajar con cheques y enviárselos directamente a sus destinatarios a su domicilio.
Plazos Cobro Indemnización

En cuanto al cobro efectivo de la indemnización por parte del lesionado, es un poco complicado hablar de plazos porque varía significativamente en función de cada uno de los distintos juzgados. También va a depender de las lesiones del accidentado.
Os ponemos un ejemplo real de cómo funcionan estos plazos: en Madrid capital, desde que se presenta la denuncia hasta que te llama el médico forense pueden pasar unos 2-3 meses, por lo que si todo va bien una reclamación de una indemnización por unas lesiones leves como un esguince cervical, el lesionado podría cobrar en un plazo de 4 a 6 meses. Hay otros juzgados que pueden llegar a tardar hasta 4-5 meses en la valoración del médico forense y si hay juicio fácilmente te puedes poner en un año para cobrar la indemnización.
Es importante efectuar correctamente el cálculo de la indemnización por un accidente de tráfico para evitar que queden partidas “olvidadas” por parte de las aseguradoras.
Estos procedimientos suelen ser complejos, los seguros tratan de minimizar el importe a pagar y, muchas veces, pueden verse vulnerados los derechos de las víctimas. Por todo ello, es recomendable solicitar el apoyo legal de un bufete de abogados especializados en accidentes de tráfico.
En Indemnización por Accidente estamos acostumbrados a trabajar en este tipo de casos y conocemos, al dedillo, todas las estrategias que emplean las aseguradoras para minimizar el importe de la compensación. Además, sólo cobraremos por nuestro servicios una vez se haya abonado el importe a percibir.
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205 Comments
Hola, el problema q tengo yo, mas bien la duda. He tenido un accidente de trafico en el que es favorable. A los dieciocho dias del siniestro, vino una ambulancia a recogerme a casa por no poder moverme. Diagnostico lumbajgia aguda. No trabajo q en ningun ofiocio en el q haga fuerza fisica. En el hospital me diagnostican lumbalgia aguda de manera subita sin antecedentes previos. Tambien idica que hace 18 dia habia tenido un accidente. Me hicieron placas y en la columna, la pate baja se apre ia dos vertebras juntas. Ahora estou de baja. Mi pregunta es si piedo reclamar indemnizacion y esto me ha salido 18 dias despies sel accidente. He tenido un fuerte dolor de cuello y no dije nada. Aun me duele algo, pero supongo q por esto ya no podre reclamar. Agradeceria respuesta. Voy desorientado
Juanjo, me temo que 18 días son demasiados para poder demostrar la relación causal entre la lesión y el accidente. Para que te hagas la idea , hemos llegado a ver sentencias en las que por 5 días de diferencia se le ha negado la indemnización a un lesionado.
Lo sentimos mucho
Hace medio mes tuve un accidente de moto, un coche salio de detras de un container de la basura encima de la acera y me choqué contra el, la culpa es suya y asi lo reconoce su seguro. Mi acompañante sufrió na elongación en el tendón de aquilies a parte de varias contusiones y dolor cervical. Por cada dia de baja le dan X euros y or cada dia de rehabilitacion X mas. En mi caso yo solo tuve contusiones, los tres-cuatro dias siguientes un poco de dolor en el cuello, en las costillas y engeneral por todo el cuerpo, pero se me pasó y ya está, no he tenido baja ni tengo que hacer rehabilitación. ¿yo tengo derecho a alguna indemnización?
Iván, las indemnizaciones por accidentes de tráfico se basan en un baremo que depende de como sea utilizado favorece más al lesionado o a la aseguradora. Este baremo establece unas cantidades por día impeditivo de 55 euros y de día no impeditivo de 30 euros. Además de estas cantidades si continuan los dolores se considera como secuelas y por ejemplo en la zona cervical se denomina cervicalgia y se valora de 1 a 5 puntos siendo el valor de cada punto de unos 800 euros. Como podrás observar dependiendo de quién haga la valoración y calcule el nº de días impeditivo y/o no impeditivo y puntue las secuelas la indemnización varia mucho. Por eso nuestros clientes consiguen indemnizaciones mucho mayores que las que consiguen aquellos que dejan que sean las aseguradoras quienes decidan.
En casos como el tuyo si sólo has ido una vez al médico, el día de urgencias y nos has vuelto más no tendrías derecho a una indemnización, pero si has vuelto aunque sólo sea una vez al menos te corresponderán los días esos como días normalmente no impeditivos.
Sin embargo a tu acompañante si que le podemos ayudar a obtener una indemnización mayor. Que se ponga en contacto con nosotros en el 914351078 o en el 934147320