
¿Cuál es el plazo del que disponemos para reclamar una indemnización por accidente de tráfico?
Una de las consultas más recurrentes que recibimos en Indemnización por Accidente es cual es el plazo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico. El asunto es de vital importancia y nos frustra mucho cuando un lesionado viene a contratar nuestros servicios y no podemos ayudarle por estar fuera de plazo. Generalmente son gente que han sido asesorados por su aseguradora y les han dicho que esperen que la aseguradora contraria les hará una oferta que nunca llega y si no están bien asesorados pierden cualquier opción a reclamar una indemnización.
Plazo para reclamar una indemnización por vía penal
[quote_right]Sólo podrá reclamar por esta vía en caso de delitos( alcoholemia, conducción temeraria o imprudente, lesiones muy graves etc)[/quote_right]
Pues bien, entrando en materia tenemos que decir que el plazo ideal para reclamar una indemnización por accidente de tráfico es el de 6 meses desde la fecha del accidente. En este plazo podremos acceder a la reclamación por vía penal. Nuestras lesiones podrán ser valoradas por un médico forense adscrito al juzgado que valorará nuestras lesiones de forma objetiva y nos garantizará el cobro de la indemnización justa que por nuestras lesiones nos corresponde. Si nos hemos pasado de este plazo, tendríamos que acudir a la vía civil. La vía civil a priori es un poco más complicada, se corre el riesgo de pagar costas judiciales si se pierde el juicio o incluso si ganándose, se considera que se ha reclamado una indemnización excesiva. Además hay que realizar una valoración de las lesiones a través de un perito médico externo que generalmente tendrá que acudir al juicio a ratificar ese informe.
Plazo para reclamar una indemnización por vía civil
El plazo para la vía civil es de un año. Pero aquí es donde se complica la cosa, un año desde la estabilización de las lesiones. Por ejemplo un conductor sufre un accidente el 1-1-2023 y está de baja 6 meses y el 1-6-2023 le dan el alta con secuelas y ya no tiene que realizar ningún tipo de rehabilitación porque las lesiones están estabilizadas. Pues bien el plazo para poder presentar la demanda civil sería al año de esa fecha, es decir el 31-05-2024. Desde Indemnización por Accidente aconsejamos a todos los lesionados en accidentes de tráfico que se asesoren lo antes posible y no apuren los plazos sin necesidad esperando una oferta que no llega o esperando la total curación de las lesiones.
En este tipo de reclamación por accidente valoraremos las indemnizaciones a través de nuestro perito médico y o bien la aseguradora paga voluntariamente o iniciamos una reclamación por vía civil que resultará muy costosa para la aseguradora que podrá tener que pagar además las costas e intereses de procedimiento…
¿ Cómo se interrumpe la prescripción?
Todos los despachos de abogados utilizamos el burofax como garantía absoluta para la interrupción de un plazo de prescripción, pero la realidad es que para interrumpir la prescripción de la acción civil en un accidente de tráfico nos vale cualquier tipo de comunicación/reclamación que podamos hacer a la aseguradora del vehículo responsable. O sea un simple email ya estaría interrumpiendo dicha prescripción. Las propias ofertas de las aseguradoras también mantienen vivos los procedimientos de reclamación incluso negándose a pagar la indemnización pertinente.
Normalmente solo se interrumpe la prescripción cuando se trata de lesiones muy graves que nos obligan por ejemplo a litigar con la Seguridad Social por ejemplo para el reconocimiento de un grado de incapacidad laboral. Pongamos el ejemplo de un lesionado en accidente de tráfico cuyas lesiones le impidan realizar las labores propias de su profesión pero que pasa un Tribunal médico de la Seguridad Social y este no le reconoce dicha incapacidad. Antes de poder calcular la indemnización que le corresponde tendríamos que conseguir por vía judicial ese reconocimiento del grado de incapacidad por lo que ese procedimiento en la jurisdicción social podría demorarse más de un año y sería necesario interrumpir la prescripción para mantener intactas todas las posibilidades de reclamación de indemnización frente a la aseguradora
¿Cómo me abonarán la indemnización?
Generalmente, el pago se realiza mediante transferencia bancaria cuando se ha cerrado el acuerdo con la compañía de seguros del conductor culpable del siniestro. Esto es así, siempre y cuando se llegue a un acuerdo extrajudicial. Si el caso llega a los juzgados, el cobro tendrá lugar tras el mandamiento de pago a la firma de seguros. Muchas veces, las compañías aseguradoras prefieren trabajar con cheques y enviárselos directamente a sus destinatarios a su domicilio.
Plazos Cobro Indemnización

En cuanto al cobro efectivo de la indemnización por parte del lesionado, es un poco complicado hablar de plazos porque varía significativamente en función de cada uno de los distintos juzgados. También va a depender de las lesiones del accidentado.
Os ponemos un ejemplo real de cómo funcionan estos plazos: en Madrid capital, desde que se presenta la denuncia hasta que te llama el médico forense pueden pasar unos 2-3 meses, por lo que si todo va bien una reclamación de una indemnización por unas lesiones leves como un esguince cervical, el lesionado podría cobrar en un plazo de 4 a 6 meses. Hay otros juzgados que pueden llegar a tardar hasta 4-5 meses en la valoración del médico forense y si hay juicio fácilmente te puedes poner en un año para cobrar la indemnización.
Es importante efectuar correctamente el cálculo de la indemnización por un accidente de tráfico para evitar que queden partidas “olvidadas” por parte de las aseguradoras.
Estos procedimientos suelen ser complejos, los seguros tratan de minimizar el importe a pagar y, muchas veces, pueden verse vulnerados los derechos de las víctimas. Por todo ello, es recomendable solicitar el apoyo legal de un bufete de abogados especializados en accidentes de tráfico.
En Indemnización por Accidente estamos acostumbrados a trabajar en este tipo de casos y conocemos, al dedillo, todas las estrategias que emplean las aseguradoras para minimizar el importe de la compensación. Además, sólo cobraremos por nuestro servicios una vez se haya abonado el importe a percibir.
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205 Comments
Buenas, hace mas de un mes tuve un accidente del cual me dieron de alta a pesar de seguir con molestias a los 5 días. Los de ese seguro han estado semanas y semanas para intentar “solucionarmelo” y me mandaron a un perito ayer, el cual dijo que le enviaria el informe a ese seguro y que ellos me dirian que hacer (me imsgino que refiriendose a si me dan rehbilitacion o no).
Mi mala suerte viene cuando hoy recibo otro golpe en el mismo sitio por otro accidente.
Debo informar al seguro que me estaba haciendo el tramite de lo sucedido o los del seguro de este ultimo accidente se harán cargo? Me pertenece algo de dinero por lo 5 días que estuve de baja en el primer accidente? Y, en caso de que los primeros me den rehabilitación, estaría dada de baja en ambos seguros?
Gracias.
Lua,en tu caso la estrategia a seguir es muy clara. Como habrás comprobado esperar la ayuda de las aseguradoras solo te lleva a no cobrar indemnización o a cobrar muy poco. Ellos te suelen dar largas para que al final no recibas tratamiento y por tanto no cobres indemnización.
En tu caso te recomendamos lo siguiente. Olvídate del primer accidente. Te tendrían que pagar 52 euros por cada uno de esos 5 días y ahora con el segundo accidente es donde vas a reclamar una indemnización de varios miles de euros. En este segundo accidente te recomendamos que te pongas en manos de especialistas como nosotros. Te pasaremos por un médico rehabilitador y te mandaremos a una clínica para que te den fisioterapia. Por supuesto no tendrás que pagar nada por ese tratamiento médico ya que las aseguradoras están obligadas a costearlo…. Después a través de un perito médico valoraremos tus lesiones y reclamaremos la indemnización que te corresponde.
De cualquier forma antes de nada necesitamos ver los informes médicos porque a lo mejor se puede reclamar por ambos accidentes una cantidad mayor… Ponte en contacto con nosotros y te lo explicaremos con más detalle…
Buenos días, en Enero del 2014, me atropello un coche y a consecuencia del mismo he tenido 5 intervenciones Qcas . puse demanda penal, la retire , el abobado q tenia me indico q era conveniente, debido al grado de las lesiones, y me reserve a las acciones civiles, supuestamente tenia q haber interpuesto la demanda el 31/06, No se q pretendía el abogado .Sin más me dijo q ya no llevaba el caso.
Me dieron el alta médica con secuelas el 14/04/16. Posteriormente me asesoro un abogado., e hice una reclamación de daños a la compañía. He de decirle tb q a consecuencia de las lesiones me han dado una incapacidad total y la he recurrido , a si como el grado de invalidez tengo fecha para éstos juicios en el 2017
He leído q en su despacho de Madrid hacen hacen jornadas abiertas los viernes previa cita para valorar el grado de incapacidad
Eso es Mª Carmen, pero en tu caso no entiendo en que te vamos a poder ayudar si ya tienes los juicios significa que ya tienes abogado y que te han pasado por un perito mñédico que habrá valorrado tu grado de incapacidad antes de presentar la demanda….
José Luis Gil, Investigador y reconstructor de accidentes