Baremo de Accidentes Laborales

El cálculo de las indemnizaciones por accidente laboral, se basa en baremos que se actualizan anualmente y que establecen las cantidades a recibir por los afectados por incapacidad temporal o tiempo de curación y por incapacidad permanente o secuelas. Podrás verlo más adelante en la tabla de indemnizaciones por accidente laboral que te mostramos.

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Una de las batallas principales que tenemos los despachos de abogados especializados en accidentes laborales es precisamente el cálculo del tiempo de curación que precisa un lesionado hasta la completa curación de las lesiones o hasta que se produce la estabilización de las mismas con secuelas.

Las aseguradoras de responsabilidad civil de las empresas, las responsables de pagar las indemnizaciones, no pueden ser quienes decidan estos aspectos, puesto que se producen conflictos de intereses y el que sufre al final las repercusiones es el lesionado, que es precisamente el gran afectado y quién padece las dramáticas consecuencias de los accidentes laborales. Para contrarrestar esto, los abogados que nos dedicamos a la reclamación de indemnizaciones, contamos con la inestimable colaboración de peritos médicos independientes a las aseguradoras que valoran las lesiones de nuestros clientes, conforme a este baremo de accidentes laborales de una forma objetiva y no favorable a los intereses de los seguros.

Las cantidades de indemnización diarias, han ido variando con el paso de los años y se actualizan anualmente. El baremo que se debe usar, es el de la fecha de cobro aunque muchas veces nos sale más rentable en los casos que se demora mucho tanto la curación como el cobro, utilizar el baremo de accidentes laborales a fecha del accidente y reclamar los intereses durante los años hasta que se produzca el cobro de la indemnización. Normalmente, si las lesiones no son elevadas, las diferencias no son significativas pero en accidentes laborales graves si pueden suponer mucho dinero.

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Tabla baremo de indemnizaciones por accidentes en el trabajo

Realmente no existe un baremos específico para los accidentes laborales. Se utiliza la tabla de accidentes de tráfico como baremo de referencia para cualquier reclamación de daños ya sea por accidente laboral, negligencia médico, agresión etc.

Lo complicado a la hora de calcular una indemnización por accidente laboral es saber como identificar cada uno de estos perjuicios y como adaptarlo al baremo de accidentes laborales. Es decir, que si un lesionado en accidente laboral ha tardado un año en recuperarse de unas lesiones, no todos los días corresponden al mismo perjuicio, ya que las lesiones van evolucionando y el lesionado mejorando. En el equipo de Indemnización por Accidente, solemos explicar a nuestros clientes esto con la siguiente relación a título orientativo:

Día en la UCI Perjuicio particular muy grave
Día en el Hospital Perjuicio particular grave
Día de baja laboral Perjuicio moderado
Día de baja médica Perjuicio Básico

De esta forma un lesionado en accidente laboral que tarda un año en curar puede pasar 15 días en la UCI, 60 días en planta en un hospital, 200 días de baja laboral y el resto de días se incorpora a trabajar pero por las tardes sigue haciendo un tratamiento de fisioterapia hasta su recuperación completa. En este ejemplo el cálculo de la indemnización sería el siguiente:

        15*130,44 + 60*97,83 + 200*67,82 + 90*39,13 = 24.912,10 €

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Baremo actualizado de indemnización por accidente laboral

Baremo accidentes 2025

Como todos los años el Baremo que regula las indemnizaciones derivadas de los accidentes laborales se actualiza en función del índice de revalorización de las pensiones. Para este  año 2025 el incremento ha sido del 2,8% dejando las cuantías diarias por incapacidad temporal como sigue:

Día de perjuicio muy grave 130,44€
Día de perjuicio grave 97,83€
Día de perjuicio moderado 67,82€
Día de perjuicio básico 39,13€

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145 Comments

  • Tuve una caida en un centro comercial y e estado tres meses de baja por motivo de una lesion en la rodilla e acudido 15 dias de rehabilitacion y ya me a dado el alta el medico del seguro del centro comercial .Que indemnizacion me perteneze por responsabilidad civil

  • Hola
    En enero del 2016 tuve un accidente de trabajo.
    Del cual no fue hasta después de casi un año me dieron el alta médica. En estos momentos estoy trabajando y ayer he recibido una carta donde me dan la incapacidad permanente parcial.
    Yo soy una señora de 56 años mi trabajo es auxiliar de gereatria. Mi accidente fue fisura del hombro y rotura de dos tendones el cual me operaron.
    Yo quisiera saber que puedo hacer yo donde conseguiré trabajo con esta edad.
    Y en la empresa que puedo hacer que paSara con mi trabajo.

    Gracias
    A la espera de su respuesta.

    • Hola Carmen, la incapacidad permanente parcial es aquella incapacidad permanente que sin alcanzar el grado de total ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma. Esta prestación es compatible con su reincorporación al puesto de trabajo, tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo original, en condiciones que dependen del grado de incapacidad y de cómo sea la recuperación posterior. En caso de considerar que no puede realizar su trabajo habitual podría solicitar una revisión de la incapacidad y pedir una incapacidad permanente total. Llámenos a los números 91 435 14 78 o 93 414 73 20 para más información.

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