Cuál es el plazo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico

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¿Cuál es el plazo del que disponemos para reclamar una indemnización por accidente de tráfico?

Una de las consultas más recurrentes que recibimos en Indemnización por Accidente es cual es el plazo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico. El asunto es de vital importancia y nos frustra mucho cuando un lesionado viene a contratar nuestros servicios y no podemos ayudarle por estar fuera de plazo. Generalmente son gente que han sido asesorados por su aseguradora y les han dicho que esperen que la aseguradora contraria les hará una oferta que nunca llega y si no están bien asesorados pierden cualquier opción a reclamar una indemnización.

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Plazo para reclamar una indemnización por vía penal

[quote_right]Sólo podrá reclamar por esta vía en caso de delitos( alcoholemia, conducción temeraria o imprudente, lesiones muy graves etc)[/quote_right]

Pues bien, entrando en materia tenemos que decir que el plazo ideal para reclamar una indemnización por accidente de tráfico es el de 6 meses desde la fecha del accidente. En este plazo podremos acceder a la reclamación por vía penal. Nuestras lesiones podrán ser valoradas por un médico forense adscrito al juzgado que valorará nuestras lesiones de forma objetiva y nos garantizará el cobro de la indemnización justa que por nuestras lesiones nos corresponde. Si nos hemos pasado de este plazo, tendríamos que acudir a la vía civil. La vía civil a priori es un poco más complicada, se corre el riesgo de pagar costas judiciales si se pierde el juicio o incluso si ganándose, se considera que se ha reclamado una indemnización excesiva. Además hay que realizar una valoración de las lesiones a través de un perito médico externo que generalmente tendrá que acudir al juicio a ratificar ese informe.

Plazo para reclamar una indemnización por vía civil

El plazo para la vía civil es de un año. Pero aquí es donde se complica la cosa, un año desde la estabilización de las lesiones. Por ejemplo un conductor sufre un accidente el 1-1-2023 y está de baja 6 meses y el 1-6-2023 le dan el alta con secuelas y ya no tiene que realizar ningún tipo de rehabilitación porque las lesiones están estabilizadas. Pues bien el plazo para poder presentar la demanda civil sería al año de esa fecha, es decir el 31-05-2024. Desde Indemnización por Accidente aconsejamos a todos los lesionados en accidentes de tráfico que se asesoren lo antes posible y no apuren los plazos sin necesidad esperando una oferta que no llega o esperando la total curación de las lesiones.

En este tipo de reclamación por accidente valoraremos las indemnizaciones a través de nuestro perito médico y o bien la aseguradora paga voluntariamente o iniciamos una reclamación por vía civil que resultará muy costosa para la aseguradora que podrá tener que pagar además las costas e intereses de procedimiento…

¿ Cómo se interrumpe la prescripción?

Todos los despachos de abogados utilizamos el burofax como garantía absoluta para la interrupción de un plazo de prescripción, pero la realidad es que para interrumpir la prescripción de la acción civil en un accidente de tráfico nos vale cualquier tipo de comunicación/reclamación que podamos hacer a la aseguradora del vehículo responsable. O sea un simple email ya estaría interrumpiendo dicha prescripción. Las propias ofertas de las aseguradoras también mantienen vivos los procedimientos de reclamación incluso negándose a pagar la indemnización pertinente.

Normalmente solo se interrumpe la prescripción cuando se trata de lesiones muy graves que nos obligan por ejemplo a litigar con la Seguridad Social por ejemplo para el reconocimiento de un grado de incapacidad laboral. Pongamos el ejemplo de un lesionado en accidente de tráfico cuyas lesiones le impidan realizar las labores propias de su profesión pero que pasa un Tribunal médico de la Seguridad Social y este no le reconoce dicha incapacidad. Antes de poder calcular la indemnización que le corresponde tendríamos que conseguir por vía judicial ese reconocimiento del grado de incapacidad por lo que ese procedimiento en la jurisdicción social podría demorarse más de un año y sería necesario interrumpir la prescripción para mantener intactas todas las posibilidades de reclamación de indemnización frente a la aseguradora

¿Cómo me abonarán la indemnización?

Generalmente, el pago se realiza mediante transferencia bancaria cuando se ha cerrado el acuerdo con la compañía de seguros del conductor culpable del siniestro. Esto es así, siempre y cuando se llegue a un acuerdo extrajudicial. Si el caso llega a los juzgados, el cobro tendrá lugar tras el mandamiento de pago a la firma de seguros. Muchas veces, las compañías aseguradoras prefieren trabajar con cheques y enviárselos directamente a sus destinatarios a su domicilio.

Plazos Cobro Indemnización

cual es el plazo para cobrar tras reclamar una indeminzacion
En cuanto al cobro efectivo de la indemnización por parte del lesionado, es un poco complicado hablar de plazos porque varía significativamente en función de cada uno de los distintos juzgados. También va a depender de las lesiones del accidentado.

Os ponemos un ejemplo real de cómo funcionan estos plazos: en Madrid capital, desde que se presenta la denuncia hasta que te llama el médico forense pueden pasar unos 2-3 meses, por lo que si todo va bien una reclamación de una indemnización por unas lesiones leves como un esguince cervical, el lesionado podría cobrar en un plazo de 4 a 6 meses. Hay otros juzgados que pueden llegar a tardar hasta 4-5 meses en la valoración del médico forense y si hay juicio fácilmente te puedes poner en un año para cobrar la indemnización.

Es importante efectuar correctamente el cálculo de la indemnización por un accidente de tráfico para evitar que queden partidas “olvidadas” por parte de las aseguradoras.

Estos procedimientos suelen ser complejos, los seguros tratan de minimizar el importe a pagar y, muchas veces, pueden verse vulnerados los derechos de las víctimas. Por todo ello, es recomendable solicitar el apoyo legal de un bufete de abogados especializados en accidentes de tráfico.

En Indemnización por Accidente estamos acostumbrados a trabajar en este tipo de casos y conocemos, al dedillo, todas las estrategias que emplean las aseguradoras para minimizar el importe de la compensación. Además, sólo cobraremos por nuestro servicios una vez se haya abonado el importe a percibir.

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205 Comments

  • Buenos días. Tuve un accidente el día 5 de agosto de 2019. Fuí a adelantar un tractor y cuando llegué a él se giró a la izquierda para entrar en un camino. Atestados decretó que la culpa fue del tractor. Estuve de baja laboral un mes y de baja médica, según un informe de mi médica de cabecera de fecha 11 de noviembre del 19 en el que referencia mi alta médica a 15 días antes del informe, con lo que se deduce que mi alta médica es del 26/27 de octubre. Entre mis lesiones tuve costillas dañadas que me impidieron dormir en cama durante veinte días y hacer mi actividad normal hasta el alta médica. Me di de alta laboral porque trabajo en oficina y para desarrollar mi trabajo no afectaba. También me hicieron una pequeña intervención quirúrgica para extraerme un cristal en el antebrazo izquierdo que ha dejado una pequeña secuela estética. A los pocos días del accidente, entre diez y quince, empecé a tener hormigueo y entumecimiento en el brazo izquierdo, que a día de hoy sigue. La primera valoración que me hizo la compañía responsable fue de 31 días moderados y 30 básicos, pero en ese informe decían que no había estado de baja laboral, les dije que eso no era cierto, y al día siguiente me mandan otra valoración de solo 32 días moderados. Mi compañía de seguros no hace una contravaloración, y al yo no estar de acuerdo, me dicen que lo único que podemos hacer es solicitar que me vea un forense y que éste haga una valoración. La forense contactó conmigo al poco de salir del confinamiento, estamos hablando de 8/9 meses después del accidente. Me dijo que si no me importaba, por el tema del COVID, hacerme la entrevista por teléfono, dije que no me importaba. Me comentó que no tenía ese último informe del 11 de noviembre, le dije que mi compañía si lo tenía, también le hablé de mi cicatriz de la operación y de la parestesia del brazo. Al final emitió una valoración que no se lo que valora porque yo no tengo el informe, se lo he pedido a mi compañía y aún no lo ha mandado. Esa valoración, según me dijo por teléfono el asesor de mi compañía, fue de 32 días moderados, 31 básicos y creo que la intervención quirúrgica. La secuela estética, la parestesia y el resto de días hasta ese 26/27 de octubre nada. No se si puede reclamar después de pasar por el forense. Espero su respuesta. Saludos

  • Hola buenas lo mío es largo de contar tube un accidente no provocado por mi sino que me adelantaron de mala manera y se me descontrolao y cai y tengo fractura de meseta tipo 6 etc y más peeo no quiero decir por aquí me gustaría saber ya q pasó un año y ya me llamaron de la inspección y nose que hacer porque aún sigo lesionada y mal quedarán secuelas y bastantes

    • María creemos que te podemos ayudar en los dos temas. EN el accidente de tráfico habría que ver si podemos demostrar que la culpa del accidente fue de otro vehículo aunque no hubiera impacto y en cuanto a inspección suponemos que te refieres al tribunal médico en lo que también te podemos asesorar respecto si te corresponde algún tipo de indemnización especialmente si el accidente fue in itinere… LLámanos y te ayudaremos

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